Riesgos de la dación en pago

Buenos días Jaime, Mi caso es un poco más complicado. Me estoy separando y por eso queremos dejar el piso cuanto antes, además de no poder pagarlo más. ¿La hipoteca nos subió en 2 años 230? ¿Y ahora mismo pagamos 1160? Al mes, pero con la nueva subida, probablemente se quede más alta. Tenemos un préstamo a 40 años; nos han dado más dinero de lo que costaba el piso (nos dieron 2 opciones, ¿o sobraban 1000? ¿O sobraban 16.000?, y como había que amueblarlo y demás cogimos la 2ª opción). Acabamos de salir del banco que nos han ofrecido hacer la dación en pago. Tasarían el piso y cubrirían el 80% de dicha tasación, y el resto (¿aprox unos 80.000?) Se quedarían en partes separadas, 50% para mi marido y 50% para mi, a pagar, supuestamente a 15 años, ¿sin intereses... Es cierto esto? ¿Qué desventajas tiene?.. Ademas de pagar durante 15 años por algo que realmente nunca será mio...
No sé qué hacer, ahora mismo no podemos venderlo, está en una zona nueva, donde no hay teléfono, tenemos luz y agua de obra, y hay otras 15 urbanizaciones en venta, que aun no se han entregado... Así que hoy por hoy nadie compraría en esta zona, habiendo tanta oferta en la costa.
¿Qué pasa si después no puedo afrontar la deuda que me queda? ¿Pueden embargarme el sueldo?
Muchas gracias de antemano por tu tiempo y ayuda.

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El banco ofrece quedarse con el bien en pago de la deuda quedando por otro lado un residual que va a repartir al 50% entre los dos titulares del préstamo hipotecario, así el banco percibe el inmueble para subastarlo a bajo coste y conseguir que le devuelvan gran parte de lo invertido y por otro lado deja 80.000 euros divididos al 50% en dos préstamos personales a vd., y su ex-pareja al interés que les digan y por un plazo de 15 años para hacerles pagable la cuota mensual, el hecho de que no les impongan intereses es una forma de que el banco les facilite el pago de la deuda asumiendo parte de la pérdida de los beneficios esperados al formalizar la hipoteca. Imagino que todo se lo darán por escrito y que finalmente firmarán un préstamo personal con vds., tal vez con algún aval de por medio, para que se hagan cargo de la deuda en las condiciones que se establezcan. Aunque antes de dar nada, yo haría el global de la operación, es decir, la dación al mismo tiempo que se firman las nuevas condiciones de devolución de la deuda pendiente.
Si las condiciones son las que les han puesto no son malas, sin intereses y a 15 años, los 40.000 euros estarían bien y les quitan un problema de encima.
Si no puede afrontar la deuda que le queda tendrán que llevarla a juicio y el juez sería quién establecería, en base a su patrimonio y sus cargas personales, cual sería la cantidad máxima que le pudieran embargar mensualmente del sueldo, como mínimo le tendrían que respetar el salario mínimo interprofesional que es inembargable y los gastos necesarios con respecto a sus cargas familiares, hijos, etc..., pero en realidad el monto lo fijaría el juez.
Por otro lado es posible que el banco les requiera avalistas para formalizar esta operación de cobertura de los 40.000 euros a cada uno para que en caso de impago haya una segunda cobertura para el pago de la deuda.
Un saludo y suerte
Jaime Feiner
[email protected]
Estimado Jaime,
Muchas gracias por tu ayuda. Poco a poco nos vamos enterando más y mejor. Ojalá podamos olucionarlo pronto.
Saludos

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