¿Transferir vehículo antes de un futuro impago?

Antes de nada les felicito por su web. Es una increíble fuente de información.
Hace casi tres años pedí un préstamo personal con el que compré un coche e hice algunos arreglos en casa.
En el contrato del préstamo no aparece ninguna referencia al coche.
Preveo que dentro de poco no podré pagarlo, con lo que habrá un juicio que perderé y un seguro embargo posterior. Mi casa no está a mi nombre, por lo que no podrán quitármela.
Mi idea es transferir el coche (que es la única propiedad a mi nombre) a otra persona ahora que aún están los pagos al día y continuar pagando el préstamo como hice hasta ahora mientras pueda.
¿Qué pasará si hago esa transferencia antes de impagar?

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Entiendo que nada, pero tome en cuenta que es ua valoración sin tomar en cuenta la realidad, solo lo que usted me dice.
¿No podría eso ser considerado como alzamiento de bienes o al menos como una forma picaresca de eludir algo previsible? Y por lo tanto incurrir incluso en otro tipo de delito.
No quería molestarle con extensas exposiciones, pero en líneas generales son esas. El coche no ha sido financiado por la casa, sino que pedí un préstamo personal a Caja Madrid por más importe del necesario a fin de usar el sobrante en otras cosas. En el contrato del préstamo no se dice nada del coche (creo que lo llaman reserva de dominio), no obstante, el coche fue pagado por transferencia desde el mismo banco.
Si necesitan más información, por favor, dígamelo. Muchas gracias. Disculpe mi desconocimiento de estos temas, pero es que nunca me había visto así.
Los delitos como el alzamiento de bienes son muy especiales y requieren la aplicación específica del tipo. Por correspondencia no voy a comprometer un resultado. Debe entenderlo. Puede o no puede serlo y hay muchos condicionantes que pueden alterar el tipo penal.
Encontrará a muchos que ele dirán que no pasa nada, otros sin embargo estamos a la espera de saber si la justicia nos admite la tramitación de un alzamiento de bienes de un sujeto que para evitar el pago de la deuda cambió la titularidad del vehículo. Este caso que le comento es algo distinto al suyo en lo específico aunque les unen similitudes.
Luego hay que tomar en cuenta el banco que es y las ganas de perseguirle que tenga. Yo soy de los que persiguen, pero hay quien es más negligente.
Si quiere conservar el coche pero realmente está apurado, la ley de venta a plazos de bienes muebles le permite negociar un ampliación del plazo en sede judicial. Eso le permitirá dormir tranquilo. La amenaza por alzamiento de viene siempre la tendrá pendiente en cualquier caso.

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