Seguros

Hola tengo un préstamo personal de 45000 euros a nombre mio y de mi madre, en el contrato del préstamo vienen dos seguros que hemos pagado al formalizarle uno de vida de 970 euros y otro de protección de pagos de 1413 euros los dos de pago único por los siete años del préstamo, quisiera saber si los dos son obligatorios o puedo anular alguno y si de ser obligatorios si les encontrara más baratos en otra compañía si podría sustituirles y como hacerlo, un saludo

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En realidad no es obligatorio aunque si recomendable porque suelen asegurar no solo la muerte de uno de los titulares sino también el desempleo y la incapacidad y eso hace que se encarezcan más. El que os interesa especialmente es el de protección de pagos que es el que hace que el seguro se haga cargo de las cuotas en caso de siniestro.
Pasa de la sucursal del banco donde lo has contratado. Si realmente quieres que te devuelvan el dinero debéis pedir la cancelación directamente al depto de seguros por escrito pero entiendo que no tienen porque devolveros la cantidad asegurada a no ser que canceléis el ptmo. En ese caso si están obligados a devolverte la parte proporcional no "utilizada" por los años pendientes.
Por último no te recomiendo la cancelación por la razones indicadas arriba y por ética: ¿Si el riesgo te lo ha dado el banco también se merecen el beneficio que les aporta el seguro no?
¿Pero teniendo el de protección de pagos sobraría el de vida e invalidez no? Porque si quedara invalido o falleciera se haría cargo el de protección de pagos supongo... es decir que es una inconcluencia e innecesario tener los dos y por otra parte si encuentro otro seguro más barato como sería el trámite para cambiarles, gracias por adelantado
No supongas. .. Primero deberías ver cuales son las coberturas exactas de los seguros que tienes y recuerda que sois dos los titulares con lo que cada uno tendrá un seguro.
Después mira que otros seguros puedes contratar con las mismas o similares coberturas y el precio que tienen y si te sale a cuenta el cambio entonces tienes que solicitar por escrito al dpto seguros que tienes su cancelación indicando que vas a tener otro similar con lo que quieres cancelar el actual.
Solo si/cuando te hayan devuelto la parte de la prima no consumida es cuando deberías iniciar la contratación del otro.
Solo deberías hacer el cambio si la contratación es reciente, si ha pasado más de un año te pueden devolver menos de lo que esperas con lo que igual no te sale a cuenta (el consumo de la prima va ligado al saldo pendiente con lo que a mayor saldo pendiente más parte de la prima total consumes... por eso si ha pasado mucho tiempo habrás reducido capital y te devolverán menos prima de la que crees).
Creo esto es todo.

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