Alcance de embargo por impago de hipoteca(3ª consulta)

Disculpe que me vuelva a dirigir a Vd.
Personado en el juzgado para pedir asistencia letrada de oficio ante la posibilidad de interponer recurso de reposición, según la amable indicación de su anterior y última respuesta, me indican que como quiera que el acta de subasta fue firmado por nosotros, la parte ejecutada, y por la parte ejecutante, a través de su procurador, vale tal documento como comunicación oficial de la adjudicación, por lo que ya habría pasado el plazo para interponer dicho recurso.
Me gustaría que me indicara si a su juicio esto es así, para no continuar con la petición de asistencia letrada, si no ha de servir para nada.
Además me gustaría me indicara si de confirmarse estos hechos queda alguna posibilidad, sobre todo, de evitar el embargo de nómina u otros bienes, como vehículo, etc.

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Lamento que no pueda hacerlo. No me dijo que estuvo presente en la subasta. Se puede recurrir en Reposición en n plazo máximo de cinco días una vez notificada la resolución. Yo no se cuanto tiempo ha pasado desde que se adjudicó el banco la vivienda.
No obstante, recuérdeme (dado que está en otro hilo) el importe de adjudicación y el importe del préstamo al tiempo de la reclamación judicial.
En respuesta a su atenta de hoy le comunico que el Banco se adjudica el bien por 127.000 euros siendo la deuda de 211.000 euros.
Nuestra preocupación ahora es como sabremos lo que puede o no puede embargarse y quien dicta qué se puede o no embargar.
Agradecido de antemano le saluda
Seguramente esparará un tiempo a ejecutar. No obstante, todavía hay algo que puede hacer. De momento, sabiendo en que valor se lo ha adjudicado y el importe de la hipoteca pendiente, esté atento en el futuro al valor de venta de la vivienda por parte del Banco.
Cuando trate de demandarle de nuevo, contacte conmigo para explicarle la estrategia.
Añado a mi comunicación de hoy que la adjudicación que se firmó databa de 20 de octubre, por tanto el plazo está más que cumplido.
Por otro lado en ningún momento hemos tenido asistencia letrada en este proceso, pese a que así se nos advirtió al principio por parte del juzgado, pero el desconocimiento de las particularidades judiciales y la escasez de medios nos condicionó para ello
De nuevo agradecidísimo por su pronta y esclarecedora respuesta y su disposición para ayudarme en las actuaciones futuras.
Comprendo. Lo que debe evitar ahora es la reclamación posterior. Para ello es necesario que día pendiente de lo que pase con su casa, con independencia de que el proceso lleve consigo el desahucio.

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