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Para poder deducirte por reformas de vivienda, esa reforma tendría que suponer una ampliación de vivienda (con su licencia correspondiente) en caso contrario no te la podrías desgravar.
El importe de la cuenta vivienda cuando lo utilizas para la compra o ampliación de vivienda, no te lo puedes deducir porque ya lo has hecho en los ejercicios anteriores, podrías deducir la diferencia entre el importe invertido y lo que tenías en la cuenta vivienda. En el límite para deducir no entraría el importe que tenías en la cuenta vivienda.
Lo de abrir una cuenta en diciembre y sacarla en enero, sería una buena solución, para desgravar ya en 2008 por lo que vas a hacer en 2009, pero tendrías que cumplir todos los requisitos que dice la ley para ampliación de vivienda.
La ley del IRPF (en la que se incluyen las deducciones que se pueden realizar por cualquier concepto) cambia cada año, y para este 2008 no se como está la deducción por vivienda.
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