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¡Hola César!
Un aval es una garantía bancaria. El avalista se compromete a pagar la cantidad que éste haya dejado de abonar, cuando esto ocurriera. Los avales son un contrato público, y el que tu firmaste es un aval personal (el cual se utiliza para créditos hipotecarios y de consumo).
Un aval se puede firmar para garantizar todo un préstamo o sólo parte de él. Ante un impago, el acreedor (banco o caja de ahorros) debe reclamar en primer lugar al deudor principal -a quien ha solicitado el préstamo- exigiéndole el pago de la deuda. Si el impago persiste, transcurrido ese plazo establecido por la ley y si el deudor no abona los atrasos, se acude al avalista. El avalista debe pagar al banco las cantidades debidas por el titular del préstamo, así como las penalizaciones y los gastos derivados del contencioso, como los juicios. Ahora bien, en este caso se convertirse en acreedor de la persona a la que avala y puede emprender las acciones legales para cobrar las cantidades que avaló.
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