|
Hola jamineitor,
La deducción para hipotecas que establece hacienda es una deducción por inversión en la vivienda habitual con financiación ajena y es este requisito, el de que sea vivienda, habitual el que entiendo que incumples y te impide deducirte:
EL reglamento del IRPF establece entre los requisitos que sea tu vivienda habitual y que residas en ella al menos 3 años desde su adquisición salvo que tengas que cambiar tu residencia por trabajo, matrimonio,..; De este modo, salvo que hayas cambiado de lugar de trabajo o te hayas casado no podras deducirte por esos meses.
Pero como no todo van a ser malas noticias y aunque no lo preguntes - es probable que ya lo conozcas - de la cuota que pagas de hipoteca hay una parte que va destinada al pago de interes y otra a la amortización de capital. Cuando declares los ingresos obtenidos por el alquiler de la vivienda podrás reducir estos en aquellos importes de las cuotas que han ido destinados al pago de intereses.(en el teléfono de Hacienda 901 33 55 33 te resolverán cualquier duda en torno a límites, casillas, etc...)
Espero que te haya resultado de utilidad.
Saludos,
Jesús C.
|