Reserva Legal cálculo

Una S.A. Tiene pérdidas acumuladas en ejercicios anteriores, este ejercicio arrojó ganancia. ¿La 5% de reserva legal se calcula sobre la ganancia del ejercicio o sobre el neto de los resultados acumulados?

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El artículo 273 de la ley de sociedades de capital resuelve lo que comentas. Te resumo algunos puntos adicionales: Para que el resultado se aplique con normalidad debe existir equilibrio patrimonial tal y como se cita el el articulo 327 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 363 en su letra e) y f)
El artículo 274 te habla de la reserva legal: Debes destinar del beneficio anual hasta un 10% de del Beneficio para cubrir la reserva legal en el 20% del capital social.
Si existe equilibrio patrimonial deberás destinar el 10% a reserva legal y el resto a compensación de pérdidas.
El 5% que comentas, es para dotar el fondo de comercio en caso de existir.
Espero haber resuelto tú duda, en caso contrario, envíame el balance y te lo veo
SI he resuelto su duda le agradecería valorase positivamente la respuesta
para qué país es la respuesta?  porque en Argentina es el art.70 de la ley de sociedades y dice constituir  5% ...no el 10% .... creo que hubo un error.
No sabía que estaba hablando de Argentina, pensé que era España, no trabajo la legislación Argentina. Por lo que mi respuesta es para una mercantil Española que no se si es de aplicación a la de su magnífico país.

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