Cuentas de Gastos e Ingresos

Les agradecería me ayudarán con unas dudas que tengo sobre las cuentas de gastos o ingresos en general, aunque el caso en particular que me ocupa es para las cuentas de gastos.
Tengo entendido que en las cuentas de Gastos o Ingresos, al ser cuentas de resultados, las anotaciones solo se producirán en el Debe o Haber respectivamente.
La duda entonces que se me plantea es la siguiente:
Si utilizamos cualquier cuenta de gastos o ingresos y realizamos la anotación correspondiente en el Debe o el Haber respectivamente y posteriormente por circunstancias aquel gasto hay que anularlo, ¿qué cuenta es la que utilizaremos para la contrapartida y anular ese gasto o ingreso?, es decir, si en una cuenta de gastos solo podemos anotar en el debe y en la de ingresos solo podemos anotar en el haber, ¿cómo compensamos la anulación de lo anotado en el debe de gastos o lo anotado en el haber de ingresos?
Pongo un ejemplo desde el principio: (disculpen si me equivoco en algún asiento o no utilizo la cuenta correcta)
Contrato una póliza de Seguro (Realizo el asiento)
1000 (625) Primas de Seguros
                                                 A (410) Seguros, S.L. 1000
Pago la póliza de seguro por banco (realizo el asiento)
1000 (410) Seguros, S.L.
                                                 A (572) Bancos, S.L. 1000
Mi banco devuelve el recibo de la prima de seguro (aquí es donde tengo la gran duda de a lo que me refiero cuando hablo de la compensación del gasto) (realizo el asiento)
Suponiendo que el asiento es éste (ya que no puedo utilizar la cuenta de gastos 625 para anotar en el haber):
1000 (572) Bancos
                                                 A (410) Seguros, S.L. 1000
Si el asiento último y anteriores son correctos, entonces, he saldado la cuenta del acreedor, pero la cuenta de gastos sigue reflejando como que he tenido el gasto, cuando en realidad el recibo se ha devulto.
Por favor ayudenme a comprender esto, quizás lo que me pasa es que no he entendido bien algunos concepos y por ese motivo estoy algo liado, ¿pueden aclararme todo esto, por favor?
La ayuda que les pido no es solo para aclarar este ejemplo, si no también para, en el caso de que no haya entendido bien las cuentas de gastos e ingresos, me puedan explicar en que estoy fallando y por que no me aclaro.

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Con el último asiento que comenta ha dejado descuadrada la cuenta de acreedores (Seguros SL) con un saldo acreedor de 1000. Tenga en cuenta que al hacer el pago del seguro ya saldó dicha cuenta.
En el caso de devoluciones:
* Si se devuelve en el mismo ejercicio en el que se devengó deberá llevarla a la cuenta que generó el gasto, esto es, a la 625 pero en el haber -minorando de esta manera el gasto-.
* Si la devolución se produce en un ejercicio distinto deberá llevarla a una cuenta de ingreso, 778 (ingresos extraordinarios) con contrapartida (en el debe) a una cuenta de tesorería.
En su caso lo que debió hacer con la devolución es:
1000 (572) Bancos
                                                 A (625) Primas de Seguros 1000
Si se devuelve en el mismo ejercicio en el que se produjo el gasto; ó
1000 (572) Bancos
                                                 A (778) Ingresos Extraordinarios 1000

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