¿Cómo contabilizar factura?

Soy contable en practicas de una empresa dedicada a la compra-venta de maquinaria. Compramos de Alemania y vendemos aqui en España. Tengo una duda: acabo de facturar ( fecha 15/12/2012) una maquina a un cliente antes de que le llegue, porque asi lo ha solicitado. La maquina la recibimos en febrero de 2013 y luego se la montamos. Nuestro proveedor aleman nos enviara la factura con fecha, por tanto, de febrero de 2013. Si yo contabilizo la venta ahora en 2012, ¿no he de contabilizar tambien la compra? ¿O la compra la contabilizaria para 2013? ¿Qué asientos deberia hacer?

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Te voy a responder muy claramente: la factura es la consecuencia de la entrega de un bien o de la realización de un servicio. Si no hay entrega de bien o realización del servicio, no puede existir la factura.

Lo que te pide tu cliente es irregular. Solamente puedes, y debes, facturar si recibes una entrega a cuenta de la máquina, y la cantidad a facturar, CON IVA, debe ser la cantidad que figure en la factura. No puedes hacer la factura ANTES de realizar la transmisión, y menos con tantos meses de antelación.

A mí se me ocurren varias razones por las cuales no debes hacer la factura, la principal: porque deberás liquidar el IVA de la venta el mes que viene, y, ¿lo habrás cobrado?

Por si te sirve de ayuda:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rd1496-2003.html

Ese reglamento está en vigor, y es el que sirve de base para regular las facturaciones.

Espero haber servido de ayuda. No olvides valorar la respuesta.

Ok, entiendo tu respuesta pero parecía condición indispensable facturarle este año para conseguir la venta. En cualquier caso, ya una vez facturado y reconocido el ingreso, mi pregunta es: dado que la factura de compra ( gasto) me llega el año que viene de mi proveedor alemán ¿ he de contabilizar el ingreso este año y el gasto el año que viene ? ¿ eso no desvirtuaría el resultado del ejercicio 2012 ? esa es mi duda, nosotros somos meros intermediarios, representantes de la marca alemana en España.

Si la mercancía no viaja, solamente puedes facturar (entiendo yo) aquel importe que cobres, y en el momento que lo cobres. Si tu cliente os paga la máquina, la facturas. Pero si pretende que la facturéis sin entregarla y pagarla con posterioridad a la entrega, él lo que busca es el beneficio fiscal de comprarla este año (pagará menos IVA, menos Imp. de sociedades, seguramente podrá acceder a algún programa de subvenciones oficiales...) pero sin asumir el pago.

En resumidas cuentas, lo que busca es una pequeña triquiñuela para beneficiarse él, a costa de vosotros. Si haces las facturas, liquidaréis el IVA y lo que os corresponda de beneficios por el Imp. de Sociedades en este año 2012.

Eso no ocurre si cobráis la factura, ya que entonces todo es conforme toca, tu declararás la venta como un anticipo de clientes, pagarás el iva (pero lo habrás cobrado), liquidarás el I.Sociedades (pero habrás cobrado la venta) y todos contentos.

Asi que la cosa es muy clara, en cuanto pague emites la factura o en cuanto entregues la máquina emites la factura.

Ahora bien, como en todo, valorad que necesidades tenéis y si la venta os compensa todos los impuestos que os costará emitir la factura este año.

Que sepas que esta problemática es muy frecuente en la venta de maquinaria, y debéis tomar decisiones claras al respecto, o al final os va a costar mucho dinero una política equivocada.

Mi consejo es que si quieren factura, pasta por delante, y si no a la entrega de la máquina.

Un vez mas , muchas gracias por tu aclaración. El cliente nos ha pagado ya una cantidad, y el IVA nos lo abonara a 60 días fecha factura ( coincide mas o menos con la entrega de la maquina ). Nosotros hemos asumido que la factura debía emitirse en 2012 pese a entregárseles en 2013. Es una operación importante para nosotros.

Pero yo me quiero centrar en la contabilización de la compra por mi parte. La maquina viene en 2013 y por tanto, los proveedores alemanes me emiten factura con fecha 2013. ¿ yo he de contabilizar esa factura en 2013 pese a que haya contabilizado la factura de venta en 2012 ? Entiendo que sí, pero agradecería tu confirmación. Muchas gracias. ¿ habría que hacer algún asiento relativo a la compra en 2012 , habría que reflejar algo?

Un saludo.

A ver amigo, el problema es que has asumido hacer la factura por la totalidad de la maquinaria, cuando en realidad no puedes hacerla... a partir de ahí cualquier cosa que quieras hacer o que hagas comprenderás que muy buen encaje no tiene.

Como no me dices las cifras, me voy a inventar yo unas. Imaginemos que la máquina vale 1.000 € y el cliente te paga 600 €, y ha quedado en pagaros en cuanto entregues la maquina los 400 restantes más el iva, que son 210. Lo legal:

El anticipo por 600

600 € (437) a (700) 495.87 €

(477) 104.13 €

y el cobro del anticipo será:

600 (572) a (437) 600

Si lo cobras por el banco.

La venta luego la harás por el total de la maquinaria, y en la factura incluirás una linea en negativo con el importe que te pagó anticipadamente, para que al contabilizar lo hagas por el neto que queda por facturar.

En este esquema de asientos no cabe facturar la máquina completa, y cobrar una parte sólo. Así vosotros asumís un iva que no corresponde, un I.Sociedades que no os corresponde y facturáis una máquina que no tenéis, contraviniendo el reglamento de facturación que te enlacé. En román paladino: vuestro cliente os pide una triquiñuela legal, que muchos hacen, para poder beneficiarse ellos. Eso, a mi modesto entender, a vosotros os perjudica claramente. ¿Qué pasa si tenéis una revisión de la agencia tributaria? Pues que os llamarán pardillos por adelantar impuestos indebidamente., y que os pueden sancionar por colaborar en una operación no ajustada a las normas.

Ahora bien, esto lo hacen muchas empresas como la vuestra, que se dedican a la compra-venta de maquinaria y que se tienen que ajustar a estas triquiñuelas para poder vender (cualquier argumentación es poca hoy en día para vender una máquina). Imagino que la operación además será importante, de bastante dinero. Y cualquiera se arriesga a perder una operación por quítame allá una factura... pero claro, eso para vosotros tendrá implicaciones fiscales y, por qué no, incluso legales.

Lo que quiero que entiendas es que el plan contable y las normas contables no contemplan el contabilizar cosas bien cuando no se hacen bien, para que entiendas el paralelismo, es como si me preguntaras "¿como se contabiliza una venta en negro?" Yo te diría: "pues sobre un papel en blanco" pero eso no va a legalizar la venta, ¿verdad? Pues lo mismo.

Amigo, espero que me puntúes bien la respuesta, te estoy bastante tiempo...

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