Aplazamiento fraccionado iva

Si, corresponde a una liquidación de iva que hemos fraccionado el pago. ¿Cómo debo hacer el asiento?

RESPECTO A MIS ESTUDIOS, LO QUE TENGO ES UN GRADO MEDIO, no llevo la contabilidad de ninguna empresa, simplemente mi padre tiene una y estoy aprendiendo, como comprenderás no se puede esperar mucho de un grado medio, por lo tanto me tendré que buscar la vida por otro lado e informarme de lo que no se. Decirte que tampoco he empezado la contabilidad desde primero de año por eso hay cosas que no entiendo cuando me las explicas.

1 Respuesta

Respuesta
1

A ver, la liquidación de iva debe estar contabilizada. DEbes tener un asiento al final del trimestre regularizando el iva, poniendo el iva soportado al haber, el repercutido al debe y el saldo resultante (que saldrá a pagar, si no lo hubieras fraccionado, al haber, a la cuenta 4750)

Comprueba que esto es así, y si no lo es tendrás que hacerlo.

Una vez tienes el saldo de lo que debes a la Agencia Tributaria en la cuenta 4750 al haber, lo único que tienes que contabilizar es el pago

4750 a 572 por el importe fraccionado.

Seguramente, y ahí tendrás que investigar también, pagarás el nominal más una pequeña cantidad de intereses, si el aplazamiento se hizo en periodo voluntario. Esos intereses es más gasto que soportas, y también debes contabilizarlos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas