Devolución del I.V.A.

Hemos solicitado la devolución del Iva anual la cual nos la han concedido y nos ha sido ingresada y quisiera saber cómo se contabiliza ese ingreso.

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En el momento de cerrar el trimestre usted habrá registrado la declaración-liquidación del IVA de la siguiente manera:
(477)
Por el importe del IVA repercutido durante el trimestre que se liquida.
(4700)
Por el importe de la diferencia a favor de la empresa.
A (472)
Por el importe del IVA soportado durante el trimestre que se liquida.
En el momento de solicitar la devolución del IVA se debió registrar contablemente de la siguiente manera:
(4709) a (4700)
Por el importe pendiente de devolución.
En el momento de recibir la devolución:
(572) a (4709)
Por el importe percibido.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para resolver nuevas dudas. Para ello puede formular una nueva pregunta en este foro.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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