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RENOVACION DE POLIZA

Experto:
Usuario:
Fecha: 30/09/2004
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Contabilidad
29/09/2004
seisdedos, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
Hola acabn de renovarme una poliza de credito por 12000? quisiera saber si se ahce realmente como yo la hecho segun apuntes contables de años anteriores.
12000?(572000)renov. poliza
a (5201) renov. poliza-12000
150(629001) gastos renov.
a(572000)gastos renov.-150

12000(5201)renov poliza.
2 (57200)renv. poliza-12000

por favor agradeceria k me explicaseis bien como se realiza la renovacion porque no estoy muy convencida de los apuntes contables de que dispongo. Gracias.
29/09/2004
seisdedos, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
En el PGCE vigente se ha eliminado el "Grupo 0. Cuentas de orden y especiales" que existía en el PGCE de 1973. Así pues, las operaciones que no representen alteraciones patrimoniales efectivas no tienen registro contable.

Teniendo en cuenta que una Póliza de Crédito (PdC) es una autorización de descubierto en cuenta corriente hasta un límite previamente pactado y en unas condiciones mejores que las del descubierto normal. La firma de una PdC no supone ninguna variación patrimonial - excepto en lo referente a los gastos devengados por comisiones de estudio y apertura -. Así pues, el único registro contable será:

a) En cuanto a la PdC, su mención en el apartado correspondiente de la Memoria.

b) En cuanto a las comisiones devengadas:

626. Servicios bancarios y similares.
a 572XXX. Bancos, ctas. ctes.

Tenga en cuenta que las comisiones no tienen la naturaleza de gastos financieros.

El funcionamiento de la PdC sí quedará reflejado en la contabilidad, por cuanto supone variaciones patrimoniales - movimientos de tesorería - y económicas - genera gastos o, en su caso, ingresos financieros -.

Al realizar una disposición de la PdC se registrará:

572XXX. Bancos, ctas. ctes.
a 5201XXX. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto, PdC nº XXX

Siendo 572XXX. la cuenta bancaria abierta para el funcionamiento de la PdC.

Por los gastos financieros devengados por la disposición de crédito:

6632XXX. Intereses de PdC nº XXX
a 572XXX. Bancos, ctas. ctes.

Por los intereses financieros devengados, en su caso, según las condiciones del contrato:

572XXX. Bancos, ctas. ctes.
a 7692XXX. Intereses de PdC nº XXX

Al cancelar total o parcialmente la PdC se registrará:

5201XXX. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto, PdC nº XXX
a 572XXX. Bancos, ctas. ctes.

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para cualquier ampliación o para resolver nuevas dudas. Para ello puede utilizar este foro, formulando una nueva pregunta.

Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro. Gracias.
30/09/2004
seisdedos, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
Ha sido uan respuesta detalladisima y de muchisma utilidad.No solo aprendo a hacer renovaciones de polizas sino que aprendo mas de la contabilidad. Muchisimas gracias.
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