Hemos usado la fianza para pagar meses de alquiler como se refleja en la cuenta 260

¡

En este caso la fianza la hemos dejado como mes de alquiler

Que cuenta usarías para los asientos de este hecho ¿

Figura en el balance como cuenta 260 fianza a largo plazo

1 respuesta

Respuesta
1

Marisol, eso se tiene que hacer de acuerdo con la propiedad, y os tienen que facturar el mes e indicar en la factura que se cancela contra la fianza. ¿Se ha hecho así?

es una comunidad y nos tienen que informar todavía

tienes razón que nos falta aun ese tramite¡¡

ya te cuento como queda

como ves estoy siguiendo el orden del balance

ahora toca activo corriente: existencias

debería bajarlas un poco para ser mas realistas con la situación, pero no mucho porque tenemos que presentar el balance al banco por el asunto de la póliza de crédito para un año mas¡¡

el año pasado se bajaron (710) variación existencias de productos terminados de 25.000,00 (2010) a 9.800,00 (2011) y aun así tenemos en existencia en el (2011) 84,000,00

hemos tenido muchísimos impagos¡¡

algunos con factura enviada y pagado el iva y hacienda me dijo que lo puedo poner como gasto, y otros con documentación, con factura enviada pero no pagada. hacienda me dijo que estas ultimas ni hablar de ponerlas en la contabilidad.

me pregunto si de alguna manera esos trabajos no retirados se pueden sacar de existencias¡ aunque los gastos ocasionados ya se han desgravado en su momento pero no el tiempo de hacerlos ni el importe de los mismos. Es solo una pregunta para saberlo si se puede o no¡¡

en cualquier caso habría que bajar la cuenta 710 para que la 330 no suba demasiado si no se pudiera baja la 330 de ninguna manera

perdona esta exposición tan larga pero estas son dudas que solo los asesores pueden saber lo que conviene hacer¡¡

acá esta nevando¡¡

gracias por tu atencion¡¡

¿Acá dónde es? Está nevando en toda España...

A ver, la valoración de existencias siempre tiene que ser la que toca, ni se pueden valorar por encima, ni se pueden valorar por debajo.

¿Y qué valoración hay que poner? Pues el valor de coste de éstas, más las incorporaciones que se hayan podido realizar en la empresa.

Un ejemplo: compro hierro en barras, y en la empresa hacemos diversos productos con el hierro, verjas, rieles y demás. El valor de las existencias será el valor de compra del hierro más el valor de la manufactura a precio de coste. O por hacerlo más sencillo, el valor de venta menos el beneficio cargado al producto. Ahora bien, podemos tener unas existencias de 100.000 euros en el 2011, y sin que varíen en cantidad, que éstas valgan 50.000 euros en el 2012, y esto es así porque en una valoración razonable, se haya depreciado su valor por las condiciones de mercado. Sabes que lo que valía 10.000 en el 2007, ahora perfectamente puede costar 7.000.

No sé si te he aclarado algo...

hola¡¡

estoy haciendo las fichassss¡¡¡¡¡¡¡¡

bueno, es complicado, a lo mejor si me lo explicaras pero con lo que realmente es nuestro trabajo que son la elaboración de planos¡

se que su valor de elaboración si esta en existencias pero como te comentaba antes algunos no se han cobrado o retirado del estudio

con lo que las existencias deberían disminuir , no?

gracias¡¡

¿La elaboración de planos? Mujer, yo entiendo que las existencias vuestras poco valor tienen, porque imagino que trabajaréis por encargo, y un encargo no será vendible a otro cliente.

El caso es que las existencias que podáis tener serían siempre trabajos en curso, entiendo yo, y si esos trabajos no se materializan, poco valor tienen.

Ahora bien, las existencias se valoran altas como forma de disimular pérdidas. SI me dices que tenéis 84.000 euros en existencias, yo entiendo que es un valor inflado, para camuflar pérdidas, porque con unas pérdidas tan importantes dudo que tuvierais crédito alguno.

Dicho lo anterior, la valoración de los trabajos en curso se hace por el valor de coste del trabajo y los costes de los materiales utilizados. Y la manera de bajar ese importe tan elevado es declarar minoración de existencias (lo que serán pérdidas que declararás este año).

Y en todo caso, el trabajo que tengáis terminado pero que el cliente original no va a pagar se le puede dar un valor residual (el 25% del coste, por ejemplo) por aquello de que algo sí vale, si alguien se digna a reutilizar el proyecto.

Lo que dice la norma es que las existencias deben tener su justo valor, que no podrá nunca ser superior al coste que tuvieron al realizarlas o comprarlas, y puede ser menor si hay razones objetivas que justifiquen una minoración del precio. El ejemplo de los planos hechos por encargo que no se pueden vender porque el cliente ha quebrado antes de pagar. Su valor de coste pueden ser, pongamos por caso, 10.000 euros, pero su valor real es mucho menor, porque es difícil colocar unos planos de un proyecto que no se ha llevado a cabo.

Santi, como siempre un genio con las explicaciones¡¡

claro y conciso¡

lo hemos entendido perfectamente

cuando tenga resuelto este tema en cuanto a documentación te pediré que me guíes en los asientos pertinentes.

en cuanto a la cuenta 710, se que esta relacionada con las existencias porque el importe que resulte se le sumaria a estas.

he leído sobre este tema pero me gustaría algo mas concreto como saber como se calculan

estas variaciones de productos terminados en el año?

veo en el balance del 2010 se calculo un 40% para el 2011, es solo un dato

muchas gracias¡¡

sigo con las fichitassss de amortizaciones¡¡¡

A ver, sois una empresa de servicios, tiene poco sentido tener productos terminados en existencias! En todo caso, podéis tener sub-productos a un valor reducido, conforme a lo que te expliqué.

Las cuentas 610,611,612 y 710, 711, 712, 713 son variaciones de existencias, cada uno del tipo de existencias que tengas, y su funcionamiento es bien simple:

Imagina que tienes unas existencias de productos en curso de 10.000 al inicio del año y a final de año su saldo es de 50.000.

10.000 (710) a (330) 10.000 para cancelar las existencias iniciales

50.000 (330) a (710) 50.000 para dotar las existencias finales

La cuenta 710 tendrá un saldo H de 40.000 euros, saldo que se sumará al haber de la cuenta de explotación como más ingresos. Si inviertes las cifras, unas ex.iniciales de 50.000 y finales de 10.000, el saldo de la 710 sera D por 40.000, y minorará la cifra del haber de la cuenta de explotación, teniendo menos ingresos.

Ahora bien, esto tiene que ser claro: el inventario de existencias es un libro auxiliar, de obligado cumplimiento pero que no hay que presentar. ¿Eso qué significa? Que debes tener archivado un inventario de los elementos que componen el saldo de las existencias a final de cada año, que será el saldo inicial al siguiente. Y debe poder ser comprobado. Y, por supuesto, debe cuadrar! Y ese libro-inventario de existencias deberás mostrarlo a la Agencia Tributaria si te vienen a comprobar datos. Nada más que esto.

En la memoria de la sociedad hay un apartado para anotar las incidencias en las existencias. AHí se debe explicar por qué han subido, o por qué han bajado, y si hay minoraciones por disminución del valor, etc. No vale lo mismo el proyecto que tenías a medio hacer en el 2011 que en el 2012 viste que no puedes vender por quiebra del cliente. En el 2011 puede constar en el inventario por valor de 45.000 euros, y en el 2012 por un valor residual de 5.000 euros, por darle algún valor. Hay una operación algo más compleja, que es dejar en existencias el valor de coste y realizar una dotación de la depreciación de las existencias por la situación del mercado. Esta depreciación no es definitiva (aunque contablemente tiene el mismo efecto) y se puede revertir en caso de que las cosas cambien. Pero eso es algo que a vuestro nivel no se utiliza.

Hoy me pillas inspirado. Te diré que tradicionalmente, en las PYMES, la valoración de existencias se utilizaba como elemento moderador del resultado contable. Con muchas pérdidas inflabas existencias para minorarlas y con mucho beneficio bajas las existencias para bajar el benéfico. Pero debes ser fino hilando el inventario, o la trampa se ve! Y el inconveniente es que en el primer caso degradas tu circulante, teniendo importes apalancados, y en el segundo un exceso de tesorería que no puedes repartir, porque no se dan suficientes resultados para ello.

Ale, ya tienes para leer!

Salut!

¡¡mama mia¡¡¡

si que estas inspirado¡¡

necesito leerlo,pensarlo y en todo caso volver a consultártelo

ya sabes que esto lo hizo un asesor, porque crees que puso la 710?

muchas gracias¡¡

te dejo tranquilo hasta el lunes, mientras yo no voy a poder descansar pensando en tu "breve contestacion"¡¡¡¡

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas