Pagas extras

Hola trabajo en una empresa de construcción y me gustaría saber que día se dan las pagas extras si hay que darlas antes o la doy con la nomina del mes. GRACIAS

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Las Pagas Extras están reguladas en los diferentes Convenios Colectivos. Lo más habitual es que la de Verano se satisfaga junto con la nómina del mes de Junio. Mientras que la de Navidad debe satisfacerse - estar a disposición del trabajador - como máximo el día 24 de diciembre.
A efectos contables y de control del resultado efectivo, no obstante, conviene prorratear las (dos o más) pagas - en algunos sectores existe una tercera, que suele denominarse "de beneficios" y abonarse entre febrero y abril - a lo largo de los doce meses del ejercicio económico.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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