Documentación contable obligatoria a entregar de una S.L.

Quisiera saber en qué fecha hay que entregar la documentación (balances, diario...)del ejercicio de la empresa y cuáles son todos los documentos obligatorios a entregar de una ES.L.

¿Todos estos documentos hay que llevarlos al Registro Mercantil si no me equivoco verdad?

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Los libros obligatorios de una S.L. son: Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria, y en su caso Informe de Gestión si está obligado a realizar auditoría.
El plazo para presentar y entregar dicha documentación en el Registro Mercantil es dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales. El calendario de plazos fijado para la formulación, aprobación y presentación de las cuentas anuales es el siguiente:

- Formulación: máximo 3 meses desde el cierre del ejercicio fiscal (normalmente, si el cierre fiscal es el 31 de diciembre, el plazo es hasta el 31 de marzo del ejercicio siguiente).

- Aprobación: dentro de los 6 primeros meses del ejercicio siguiente al que se somete la aprobación (esto es, siguiendo con el ejemplo anterior, hasta el 30 de junio del ejercicio siguiente).

- Presentación: dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales (hasta el 31 de julio del ejercicio siguiente).

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