Base imponible negativa

La empresa para la que trabajo tiene unas perdidas en el ejercicio 2010 de 15000 Euros.
Si antes del cierre contabilizo el crédito fiscal de 3000 euros (20% de 15000 Euros) en las cuentas 474-5 (Debe) y 630.1 (haber), al cerrar el ejercicio las perdidas serán solo de 12000 euros, porque en el asiento de regularización la cuenta 630.1 disminuirá el resultado.
¿Esto es correcto?
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Si es correcto, porque una cosa es el resultado ANTES de impuestos y otra el resultado DESPUÉS de impuestos.
Si hubieran beneficios, el resultado DESPUÉS de impuestos siempre es menor, igualmente.
El resultado antes de impuestos es el que se utiliza para el cálculo del Impuesto sobre sociedades.
El resultado después de impuestos es el que se utiliza para la distribución o aplicación en reservas.

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Efectivamente esto es correcto y es una solución muy habitual para empresas que quieren rebajar la pérdida contable de un ejercicio. Pero si debes tener en cuenta que la norma indica que puede contabilizarse el crédito fiscal cuando tienes previsión de compensar en un futuro esa base imponible negativa, es decir, cuando esperas beneficios futuros (pero es un criterio muy subjetivo).
Yo siempre lo hago en las empresas que contabilizo.

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