Contabilizar sueldo sociedad civil

Estoy en una sociedad civil, por lo tanto los dos socios no pueden tener nómina ni el gasto del sueldo es un gasto contable, pero como puedo contabilizar lo que retiran cada mes de la cuenta corriente de la empresa.
Yo tengo una cuenta abierta en contabilidad la 551 Cuenta corrientes con socios que tengo saldo en el haber de cuando se creo la sociedad el capital que ellos aportaron en un principio para poder frente a los gastos.
¿Puedo ir bajando el importe de esta cuenta contra el banco cuando les pague mes a mes su "sueldo"?
También tengo la cuenta de perdidas y ganancias, que este año han habido ganancias, ya me comentaste, que debo destinar el 10% a reserva legal (que no se toca) y el resto a reservas voluntarias, ¿puedo también de esta cuenta ir rebajándola para pagar el sueldo?

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Cuando contesté tu pregunta no sabía que se trataba de una sociedad civil, supuse que era una SL
En el caso de las sociedades civiles y las comunidades de bienes se actúa como si fuera un empresario individual, y la forma de trabajar es la siguiente:
Las aportaciones y retiradas de fondos de los socios se contabilizan en la 550. Esta cuenta se salda al final del ejercicio con la cuenta 102. Los beneficios que resulten al final del ejercicio se contabilizan también en la cuenta 102 y las pérdidas, en el caso de no poder llevarlas a la cuenta 102 se contabilizan en la 121.
Los empresarios individuales no tienen obligación de establecer reservas (ni legales ni voluntarias). Todos sus beneficios forman parte del capital.
Perfecto, si, se me olvidó decirte que se trataba de una Socieldad Civil.
Yo en vez de utilizar la cuenta 102 de Capital, tendo la 101 Fondo Social, y en vez de tener la 550 Titular de la explotación, tengo usada la 551 Cuenta corriente con socios y administradores. ¿Supongo qué da igual, no?
Entonces por ejemplo en el cierre del 2009 tuve perdidas y se quedó en esa cuenta, y en el cierre del 2010 he tenido beneficios. ¿Qué hago? ¿A principios de 2011 hago un asiento donde desaparezcan las perdidas contra los beneficios y luego un asiento de los beneficios contra la 101 Fondo Social?. La cuenta 551 Nunca la he tocado, la dejo para finales de éste año y la saldo a final de año contra la 101. ¿Verdad?
Dices: "Los beneficios que resulten al final del ejercicio se contabilizan también en la cuenta 102 y las pérdidas, en el caso de no poder llevarlas a la cuenta 102 se contabilizan en la 121." ¿Este asiento se hará al principio del año siguiente, no?
Gracias por la ayuda
Si, da igual utilizar unas cuentas que otras. El resultado es el mismo y existe libertad de usar las cuentas que uno quiera siempre que no se impida la lectura correcta.
Al final del ejercicio se hace el "asiento de regularización", saldando todas las cuentas de gastos y de ingresos y llevando el saldo resultante a la cuenta 129-Resultado del ejercicio. Al aperturar el ejercicio siguiente y pasar los saldos de todas las cuentas de los grupos 1, 2, 3, 4 y 5, el saldo de la 129 se contabiliza directamente en la cuenta 120-Remanente, porque ya no se trata del resultado del ejercicio, sino el del ejercicio anterior. De esta cuenta (120) se hace la distribución del resultado: Si son pérdidas, se pasan a la 121. Si son beneficios, se pasan a la 102 (101). Esto se realiza en el ejercicio siguiente.

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