Maniquís y cuenta con socios

Trabajo en una empresa que es una S.L.U.
Tiene un sólo propietario o socio único. Tenemos la cuenta con socios con un saldo de unos 100 mil euros que deberíamos pagarle a dicho socio. ¿Es preferible dejarlos en esa cuenta o es una estupidez intentar pagárselos y dejar la cuenta a cero?
Si he dicho una estupidez, les pido disculpas, pero soy muy novato en contabilidad.
Y, por otra parte, también quiero consultar, ¿a qué cuenta debo contabilizar la compra de unos maniquís? Es para una tienda de ropa y la compra se ha hecho a una empresa francesa (Intracomunitaria).

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Esa cuenta debiera de corresponderse a la realidad. Lo propio sería convertir la deuda de la sociedad en un aumento de capital social de la misma ya que de lo contrario es una deuda que puede llegar a despertar el interés de los inspectores de hacienda porque suelen ser cantidades no reales ni escrituradas de deuda que con la nueva normativa de febrero pueden ser investigadas para detectar fraudes.
Los maniquíes deben contabilizarse como mobiliario propio de la sociedad y por tanto a una cuenta de activo material (inmovilizado material) con su correspondiente amortización anual. El hecho de que la compra sea intracomunitaria no afecta a la contabilización pudiendo únicamente afectar a la contabilización o gestión del iva según se posea o no la condición de importador/exportador intracomunitario.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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