Remuneraciones pendientes de pago

Hola Buenas Tardes: tengo una empresa que arrastra saldos de la cuentas remuneraciones pendientes de pago, de años anteoriores y de los socios trabajadores ¿pueden en cualquier momento ir cobrando esos remuraciones pendientes, hay algún limite? Y si deciben no cobrarlos ¿cómo puedo saldar esa cuenta?
Gracias un saludo.

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En principio no existe ningún límite para saldar esta cuenta (465) Remuneraciones Pendientes de Pago.
Como indicas, se puede saldar poco a poco, de una sola vez, o que renuncien a esta remuneración pendiente, en este caso el asiento sería el siguiente:
---------------------------- Xxx --------------------------------
(465) Remuneraciones Ptes. Pago
                                     (778) Ingresos Excepcionales
----------------------------- Xxx --------------------------------
Esperamos haberte clarado tus dudas.

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