Contabilizar baja autónomo

Necesito saber el asiento contable que hay que hacer para contabilizar el ingreso efectuado por la mutua, con motivo de una baja de autónomos. El abono lo han realizado en la cuenta de la sociedad.

1 Respuesta

Respuesta
1
La Mutua ha satisfecho el importe de la indemnización o compensación por baja por enfermedad a la Sociedad porque es ésta la que satisface las correspondientes cuotas del RETA por cuenta del autónomo en cuestión.
El registro contable será el siguiente:
En el momento de recibir el importe satisfecho por la Mutua.
(572) a (465XXXXX)
Por el importe íntegro recibido.
En el momento de satisfacer la indemnización o compensación por enfermedad al autónomo.
(465XXXXX)
Por el importe íntegro recibido.
A (4751XXXX)
Por el importe de las retenciones a cuenta del IRPF.
A (572)
Por el importe líquido satisfecho al autónomo.
A efectos fiscales las indemnizaciones o compensaciones percibidas por bajas por enfermedad (incapacidad temporal) forman parte de la Base Imponible del IRPF y, por lo tanto, están sometidas a retención.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas