Contabilizar una donación de un vehículo

Mi padre tiene una empresa SL, y tiene un vehículo a su nombre, el es socio administrador de la misma y quiere donar este vehículo, ya ha pagado el impuesto por la donación, pero realmente no me queda muy claro como contabilizar la donación, ya que he estado mirando en varias páginas web y la gente discrepa en 2 formas:
Si hacerlo como aportación de socios, cuenta 118, o bien en la cuenta 747 otras donaciones, la diferencia entre las mismas es abismal, ya que con una cuenta estoy dando beneficios y en la otra no, yo enciendo que la cuenta 118 es más bien para aportaciones de capital, es decir, de dinero físico y no de inmobilizaro material, pero ya tengo mis dudas ante esta situación. Realmente ¿cuál seria la que debería de utilizar? O si no es valida ninguna de estas dos posturas, cual sería la cuenta que debería de usar.

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El hacer una ampliación de capital implica otras obligaciones tales como :
- Aprobación por la Junta General de accionistas la ampliación de capital
- Elevar a público ante notario de los acuerdos de la junta y modificación de los artículos correspondiente a los estatutos
- Liquidar ante la delegación de hacienda de la comunidad de madrid el impuesto por actos jurídicos
- Inscripción en el Registro.
Para cierta empresas, se recomienda la valoración de un tasador.
Posteriormente es registrar en la contabilidad la ampliación de capital:
218 a 118 por el importe de la donación
118 a 100 por el aumento de capital (ya registrado)
También hay que registrar el IVA por esa donación, como autoconsumo.
472 a 477
Con respecto a la donación, tiene que pasar por la cuenta de resultado y de igual forma hay que registrar el IVA.
218 a 747 por la aportación de la donación.
Gracias por tu respuesta, pero realmente no estamos haciendo una ampliación de capital, sino que estamos dando un inmovilizado a la empresa. El valor del vehículo lo hemos tomado de una tasación que nos han realizado de una empresa tasadora. ¿No se podría hacer el asiento simplemente desde la 218 a la 747? Porque finalmente este vehículo lo más probable es que lo vayamos a vender, ya que esta teniendo muchas averías, y montar todo eso para venderlo, ¿a parte para una pyme hay que hacer todos esos tramites? Muchas gracias por adelantado por tu aclaración.
Saludos.
Pues si esta es la decisión, vender el vehículo, lo puede hacer tal como indica 218 a 747, además teniendo tasación oficial y el pago de la tasa por donación no hay ningún problema.
Para cualquier SL y SA estos son los pasos para una ampliación de capital. Esta claro que para muchas pymes SL, solo hay 1 y como máximo 3 accionistas y en casi todos suelen ser administrador único. No obstante hay que cumplir las obligaciones legales, tanto redactando la decisión en el libro de actas de la empresa como las demás.
Muchas gracias, supongo que finalmente lo haremos de la manera sencilla, me parece demasiado jaleo para una donación que ya esta declarada mediante el impuesto de donaciones. Gracias por tu pronta respuesta.

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