IVA en servicios en el extranjero

Tengo una empresa, desde hace 6 meses, que da servicios de consultoría y servicios en software informática a empresas, entre las cuales hay algunas que están en Francia.
Hasta ahora las facturas nacionales, he aplicado el 16% de IVA, y en las empresas francesa (tengo 2 clientes), les he facturado sin IVA, ya que no estoy dado de alta en francia.
Los servicios los puedo realizar tanto desde España, como desplazarme a Francia.
Es correcto facturar sin IVA a las empresas en Francia o debo, como según me ha comentado, facturar con el IVA al 16% y en ellos en Francia solicitar la devolución a su agencia tributaria.

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Si el servicio es de consultoría, las facturas han de ir sin IVA, no se declara en el modelo 303 pero si en el 347 ( en caso de superar los 3000,00 euros)
Su cliente deberá pagar el IVA del servicio en Francia y deducírselo al mismo tiempo (inversión del sujeto pasivo) pero es una cosa que deben hacer ellos y no usted.
Gracias por tu respuesta tan rápida, pero, no solo es de consultoría, también es adecuar sistemas, armonización de los programas, por lo que muchas veces voy a finales de mes para comprobar que los programas que tienen que preparar los informes para la matriz en Holanda, salen correctamente y no hay errores.
Ese trabajo también lo puedo hacer desde aquí y de hecho a veces lo hago.
No solo es de consultoría.
Pero son servicios realizados fuera de España. El ámbito de aplicación del impuesto no es España, por lo que la contestación sigue siendo válida a efectos de la legislación española
No lo dije anteriormente pero estas facturas tampoco van en el modelo 390

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