Cómo amortizar un bien a sustituir por obsoleto

Disponiendo en el balance de un inmovilizado que está amortizado parcialmente, durante 5 años, y que le quedan otros 5 años por amortizar. En caso de que tenga la necesidad de comprar otro inmovilizado de la misma naturaleza para sustituir al primero por causas tecnológicas, ¿cómo puedo tratar la amortización del primero que va a quedar inoperativo?.

1 Respuesta

Respuesta
1
Los elementos del inmovilizado material se darán de baja en el momento de su enajenación o disposición por otra vía o cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos.
La diferencia entre el importe que, en su caso, se obtenga de un elemento del inmovilizado material, neto de los costes de venta, y su valor contable, determinará el beneficio o la pérdida surgida al dar de baja dicho elemento, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que ésta se produce.
El asiento sería 678 (D) gastos extraordinarios (gastos de explotación) el importe resultante de la diferencia entre el valor contable del inmovilizado 21X (H) y la amortización acumulada del mismo 281X (D).
Ante todo, muchas gracias por tu respuesta. Antes de cerrar la consulta, deseo saber si la única opción es llevarlo a cuenta de gastos extraordinarios. Leí que existía un tipo de amortización por obsolescencia del inmovilizado, ¿también el asiento es similar?. El fondo de esta consulta es comercial. Dirijo una empresa y tenemos una operación de venta de una plataforma de comunicaciones. El cliente está interesado en la propuesta, pero me explica que la amortización de su vieja central telefónica es a 10 años y que todavía está por la mitad. Me gustaría encontrar un argumento contable que pudiera dar solución a este escollo.
Saludos atentos.
La obsolescencia viene a ser equivalente a "cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos". Una cosa obsoleta es aquella que es inservible y de una cosa inservible no se puede esperar obtener ningún rendimiento económico. En cuanto a la cuenta existe otra posibilidad que es sustituir la cuenta 678 por la 671 "pérdidas procedentes del inmovilizado material.
Fuera ya del ámbito contable y sí en el fiscal, dependiendo de la situación de la empresa sobre todo si es una pyme, a la cual quieres venderle la plataforma de comunicaciones, quizás deberías de informarle que actualmente existen deducciones por fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación (6%) en el 2009 y la posibilidad de amortizar libremente la totalidad de la inversión, con el consiguiente ahorro en el Impuesto de Sociedades, con el requisito de mantener la plantilla media del ejercicio anterior en un plazo de 24 meses.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas