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provision l/p

Experto:
Usuario:
Fecha: 19/02/2009
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Contabilidad
18/02/2009
caramelos, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
tenia dotado unas proviosiones a l/p por posibles indemnizaciones en varios juicios por obras, resulta que en una de ellas se ha llegado a un acuerdo entre las partes y nos han hecho un talon a nuestro favor por 2400,00, y mas tarde tendre yo que pagar a otras partes.
El talon de 2400,00 lo ingreses en el banco, y a la hora de contabilizar he hecho 57@14, ya que cuando me toque pagar hare 14@57, me dicen unos colaboradores de Madrid, que el asiento lo hice mal, que tenia que hacer 57@795, pero yo no lo veo asi ¿como tendria que hacerlo?, ese apunte es del 2008, y los pagos proximos se haran en el 2009
 
gracias, Ana
18/02/2009
caramelos, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
Pues decirte que tus colaboradores están en lo cierto, se trata de una Provisión para riesgos y Gasto, y dentro de este subgrupo (14) la cuenta 142 Provision para otras responsabilidades, su funcionamiento difiere de las provisiones de activo, por deterioro, en este caso estaremos ante un riesgo probable de desembolso, aunque no cuantificable con exactitud. A diferencia de las provisiones de activo, carecen de una cuenta de Dotación a la provision, se cargan directamente contra el concepto de gasto. Este sería su funcionamiento
 
Por la creación de la provisión
 
678 Gastos excepcionales (en tu caso por ser una indemnización)
62 Servicios exteriores
641 Indemnizaciones
.....
a
142 Provisión para otras responsabilidades

La aplicación de la provisión a los gastos para los que estaba prevista se hara:
 
142 Provisión para otras responsabilidades
a
572 Bancos

Y por las posibles correciones sobre la estimación inicial de gasto haremos:
 
142 Provision para otras responsabilidades
a
7952 Exceso de provision para otras responsabilidades

Por tanto, tus colaboradores aciertan en utilizar la cuenta 795 para corregir el gasto, y no tocan la 142 por que serás tu quien deba afrontar los pagos según el acuerdo. (aunque lo lógico en otro caso sería minorar la provisión).
 
Tal y como tu lo quieres hacer, 57 a 142, lo que haces es aumentar aun más la provisión, cuando las circunstancias no apuntan en esa dirección, lo que sucederá si aumentas aun más la provisión es que al tener que afrontar efectivamente el riesgo tengas bastante exceso de provisión y necesariamente debas utilizar la 795, que al final es lo que hacen tus colaboradores en el momento oportuno.

Espero haberte ayudado
19/02/2009
caramelos, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
pero entonces, el asiento que debo hacer es 57@79
 
gracias,
19/02/2009
caramelos, experto respondiendo en Contabilidad
Experto
Correcto, asi das entrada el dinero y no minoras la provision, tan solo corrigues el gasto inicial.
19/02/2009
caramelos, usuario preguntando en Contabilidad
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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