Inmobiliaria alquileres

Es una inmobiliaria que se dedica a intermediar en el alquiler de viviendas por larga temporada por cuenta de sus clientes.
A veces los futuros inquilinos mandan la primera mensualidad a la inmobiliaria y esta la transfiere al propietario íntegramente ya que la inmobiliaria factura aparte por la comisión en la intermediación.
¿Cómo se contabilizaría esta mensualidad en la contabilidad de la inmobiliaria? ¿Puedo considerarla un suplido o una provisión de fondos?

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1º. Al recibir la VIVIENDA en depósito para su posterior arrendamiento.
No existen cuentas en el PGCE para registrar los BIENES recibidos en depósito para su posterior comercialización. La normativa contable vigente establece al respecto que se hará constar en la MEMORIA el detalle y el VALOR de los bienes depositados en la empresa.
No obstante, puesto que el PGCE es ABIERTO y FLEXIBLE y el Cuadro de Cuentas puede ser adaptado a las necesidades de cada empresa, cabría crear las siguiente partidas:
(030) Viviendas recibidas en depósito.
(041) Propietario de viviendas.
Así pues, se haría la siguiente anotación al recibir una VIVIENDA del PROPIETARIO X:
(030X) a (041X)
Por el valor del ARRENDAMIENTO NETO (sin comisión) de la propiedad recibida.
Siendo:
(030X) Vivienda recibida en depósito del Propietario X
(041X) Propietario X
Si recibimos en depósito MÁS DE UNA VIVIENDA de todos o alguno de los Propietarios, podemos crear tantas cuentas de detalle como VIVIENDAS hemos recibido. Por ejemplo:
(030X0001) Vivienda nº 1 recibida en depósito del Prooietario X
(030X0002) Vivienda nº 2 recibida en depósito del Propietario X
?
(030X9999) Vivienda nº 9999 recibida en depósito del Propietario X
De esta manera podremos controlar la SITUACIÓN de cada una de las viviendas recibidas de cada uno de los PROPIETARIOS.
2º. Al ARRENDAR la vivienda y COBRAR el primer recibo, incluyendo la COMISIÓN.
(572)
Por el importe total recibido.
A (030X)
Por el valor del ARRENDAMIENTO NETO (sin comisión) de la propiedad recibida.
A (4309X)
Por el importe de la COMISIÓN sin IVA.
3º. Al FORMALIZAR el arrendamiento de la vivienda.
Emisión de la Factura por la COMISIÓN devengada sobre la operación.
(430X)
Por el importe de la COMISIÓN más el IVA repercutido.
A (754)
Por el importe líquido de la COMISIÓN devengada.
A (477)
Por el importe del IVA repercutido.
4º. Al LIQUIDAR el arrendamiento de la vivienda con su propietario.
Pago al propietario.
(041X) a (572)
Por el importe NETO del arrendamiento de la vivienda.
Cobro del IVA repercutido sobre la COMISIÓN devengada.
(4309X)
Por el importe de la COMISIÓN sin IVA.
(572)
Por el importe del IVA repercutido.
A (430X)
Por el importe de la COMISIÓN más el IVA repercutido.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.

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