Valorar software creado

Mi empresa ha creado 2 software ya depositados y protegidos pero no se como valorar los en inmovilizaciones, ¿puedo poner el valor que me da ganas o hay alguna regla?

2 respuestas

Respuesta

Tu duda es bastante habitual en aquellas personas no familiarizadas con la contabilidad. Esto es bastante habitual en muchas empresas que realizan trabajos propios para generar o crear activos fijos.

En este caso, podrás activar como inmovilizado todos los gastos relacionados con el desarrollo de dicho software. Por ejemplo, los gastos de personal (incluyendo bruto más seguridad social de la empresa) o si has tenido que subcontratar alguna parte de ese software también podrías activarlo.

En fin, habría que conocer más a fondo el caso y ver qué gastos serían activables y cuales no.

Como expertos en valoración de empresas, te recomendamos contactar con un contable para que te resuelva todas las dudas.

Esperamos haberte ayudado.

Respuesta
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Estos programas, si son para comercializar, irían encuadrados la cuenta de propiedad industrial del inmovilizado inmaterial.
Te recomiendo que consultes el Plan General de Contabilidad, el apartado de normas de valoración y en concreto las normas de valoración 4ª y 5ª.
Asimismo la "Resolución de 21 de enero de 1992, del ICAC, por la que se dictan normas de valoración del inmovilizado inmaterial" desarrolla la valoración de dicho tipo de bienes.
Te puedo adelantar que su valoración se basa en el precio de adquisición o coste de producción.
En tu caso podrías activar los gastos de investigación y desarrollo que hayas ido activando, incluyendo los costes de registrar y formalizar la propiedad industrial (intelectual).

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