Aranceles e iva

Prodente un una importación el transportista me envía la siguiente factura:
Derechos de arancel: 134.61
Iva aduana: 247.32
Despacho de aduanas: 45.98*
servicios ajenos: 28.00*
gastos comerciales: 45.00*
Base exenta iva 381.93
Base sujeta 118.98
16% IVA: 19.04
TOTAL 591.95
¿Se contabilizaría así?
472---: iva soportado importación 247.32
472---: IVA SOPORTADO 19.04
60----: TPTE. MERCANCÍA 253.59
400---: PROVEEDOR (519.95)
En caso afirmativo ¿qué tratamiento tiene el iva soportado en la importación de cara al impuesto?

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Respuesta
1
Yo lo contabilizo de la siguiente manera:
472 - IVA SOP. IMPORT 247,32
472 - IVA SOPORTADO 19,04
631 - ARANCELES 134,61
629 O 624 - RESTO DE CONCEPTOS - 118,98
a
400-PROVEEDOR 519,05
Los aranceles se llevan a la 631 al ser un tributo que estas pagando a hacienda. El cuanto al resto de conceptos diferentes al iva, la verdad es que la cta a las que las lleves es lo de menos, siempre que sea una cta de gasto.
En cuanto al iva sop. Tiene el tratamiento que cualquier otro iva, pero con una salvedad muy importante:
Si el despacho de la mercancía se hace en diciembre, hay que tener el cta que el agente de aduanas paga el iva en tu nombre, y para este pago (modelo 031) tiene 30 días desde la fecha del despacho. Por experiencia te digo que el agente apurara al máximo esos 30 días, por lo tanto ese iva no sera efectivamente deducible hasta que se pague, así que salvo que el agente de aduanas te pase una copia del 031 pagado en diciembre, no te podrás deducir ese iva de la importación el el 4º trimestre. En ese caso, es decir que no lo deduzcas, crea una 472 "puente" de iva sop. Pte de deducir, cta que saldaras en enero llevándolo ala 472 normal.

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