Ingresos no cobrados a 31-12

Los ingresos y gastos no cobrados o pagados a 31-12 pero de los cuales tenemos la factura los debemos contabilizar como derechos de cobro futuros o bien por el principio de devengo los he de contabilizar como cobrados

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El Principio del Devengo DIFERENCIA entre INGRESO - COBRO y GASTO - PAGO.
Así pues, si usted tiene constancia de que se han DEVENGADO determinados INGRESOS y/o GASTOS en el ejercicio 2004, DEBERÁ IMPUTARLOS a dicho ejercicio INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA en que se produzca su cobro o su pago.
Por ejemplo, la empresa HA DEVENGADO la Nómina de diciembre en DICIEMBRE aunque su pago se produzca durante los cinco primeros días del mes de ENERO del ejercicio siguiente.
De igual manera, la SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DE LA EMPRESA correspondiente a la Nómina de diciembre se HA DEVENGADO en el ejercicio 2004, aunque su pago se realizará a finales de ENERO de 2005.
Las AMORTIZACIONES NUNCA SE PAGAN, sin embargo resulta evidente que se DEVENGAN AL CIERRE DEL EJERCICIO.
De igual manera se procederá, por ejemplo, con los INTERESES A FAVOR DE LA EMPRESA correspondientes al cuarto trimestre. Se HABRÁN DEVENGADO AL CIERRE DEL EJERCICIO aunque su cobro se producirá durante el mes de ENERO del ejercicio siguiente.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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