Descuadre cuentas!

Hola estoy haciendo el cierre del ejercicio y comparando las cuentas de proveedores y clientes, algunas me descuadran pero 1 o 2 céntimos, esto en que cuenta lo debo poner para dejarla cuadrada. GRACIAS

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Le recuerdo lo que disponía el REAL DECRETO 2814/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro.
Artículo 11. Cuentas a emplear para registrar los efectos derivados de la introducción del euro.
Para efectuar el registro contable de las operaciones indicadas en los apartados anteriores, podrán emplearse las siguientes cuentas:
1. La cuenta 668. "Diferencias negativas de cambio" prevista en la segunda parte del Plan General de Contabilidad se desarrolla en las siguientes cuentas de cuatro cifras:
6680. "Diferencias negativas de cambio por la introducción del euro".
6681. "Diferencias negativas de cambio".
El movimiento de la cuenta 6680 es el siguiente:
a) Se cargará:
a.1) Por el importe de las diferencias de cambio negativas procedentes de las operaciones en monedas de los Estados participantes a 31 de diciembre de 1998, con abono a cuentas de los grupos 1, 2, 4 ó 5.
a.2) Por el importe de las diferencias positivas de cambio llevadas a resultados de ejercicios anteriores de monedas de Estados no participantes que formaban parte del mismo grupo homogéneo, con abono a la cuenta 136.
a.3) Por el importe de las diferencias de cambio negativas procedentes de los contratos u operaciones especulativos de tipo de cambio, con abono, en general, a cuentas del grupo 5.
b) Se abonará con cargo a la cuenta 129.
El movimiento de la cuenta 6681 coincide con el previsto en el Plan General de Contabilidad para la cuenta 668.
2. La cuenta 768, "Diferencias positivas de cambio" prevista en la segunda parte del Plan General de Contabilidad, se desarrolla en las siguientes cuentas de cuatro cifras:
7680. "Diferencias positivas de cambio por la introducción del euro".
7681. "Diferencias positivas de cambio".
El movimiento de la cuenta 7680 es el siguiente:
a) Se abonará:
a.1) Por el importe de las diferencias de cambio positivas procedentes de las operaciones en monedas de los Estados participantes a 31 de diciembre de 1998, con cargo a cuentas de los grupos 1, 2, 4 ó 5.
a.2) Por las diferencias de cambio positivas acumuladas de ejercicios anteriores de monedas de Estados participantes con cargo a la cuenta 136.
a.3) Por el importe de las diferencias de cambio positivas procedentes de los contratos u operaciones especulativos de tipo de cambio, con cargo, en general, a cuentas del grupo 5.
b) Se cargará con abono a la cuenta 129.
El movimiento de la cuenta 7681 coincide con el previsto en el Plan General de Contabilidad para la cuenta 768.
3. La cuenta 669 "Otros gastos financieros" prevista en la segunda parte del Plan General de Contabilidad, se desarrolla en las siguientes cuentas de cuatro cifras:
6690. "Gastos por diferencias derivadas del redondeo euro".
6691. "Otros gastos financieros".
El movimiento de la cuenta 6690 es el siguiente:
a) Se cargará por el importe de las diferencias derivadas del redondeo que puedan ponerse de manifiesto por la conversión, con abono a cuentas de los distintos grupos.
b) Se abonará con cargo a la cuenta 129.
El movimiento de la cuenta 6691 coincide con el previsto en el Plan General de Contabilidad para la cuenta 669.
4. La cuenta 769 "Otros ingresos financieros", prevista en la segunda parte del Plan General de Contabilidad, se desarrolla en las siguientes cuentas de cuatro cifras:
7690. "Ingresos por diferencias derivadas del redondeo euro".
7691. "Otros ingresos financieros".
El movimiento de la cuenta 7690 es el siguiente:
a) Se abonará por el importe de las diferencias derivadas del redondeo que puedan ponerse de manifiesto por la conversión, con cargo a cuentas de los distintos grupos.
b) Se cargará con abono a la cuenta 129.
El movimiento de la cuenta 7691 coincide con el previsto en el Plan General de Contabilidad para la cuenta 769.
5. La cuenta 678 "Gastos extraordinarios", prevista en la segunda parte del Plan General de Contabilidad, se desarrolla en las siguientes cuentas de cuatro cifras:
6780. "Gastos producidos por la introducción del euro".
6781. "Otros gastos extraordinarios".
El movimiento de la cuenta 6780 es el siguiente:
a) Se cargará en general por el importe de los gastos de carácter significativo derivados de la introducción del euro, con abono, en general, a cuentas del grupo 5 o, en su caso, del subgrupo 14.
b) Se abonará con cargo a la cuenta 129.
6. Se crea la cuenta 119 "Diferencias por ajuste del capital a euros", que figurará en el pasivo del balance y recogerá las diferencias que surjan como consecuencia de la conversión a euros de la cifra de capital de acuerdo con el contenido de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro.
Así pues, en función de la NATURALEZA u ORIGEN de los descuadres que usted ha detectado, deberá utilizar las cuentas previstas al efecto en la norma citada al principio.

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