Hola, La resolución que me mencionas dice:
El artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, establece que podrán acceder a las
universidades españolas los alumnos procedentes de
sistemas educativos de Estados miembros de la Unión
Europea o los de otros Estados con los que se hayan suscrito
Acuerdos internacionales aplicables a este respecto,
en régimen de reciprocidad,
siempre que dichos alumnos
cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas
educativos para acceder a sus universidades.
Lo que quiere decir que si con tus estudios puedes acceder directamente a la universidad de tu país, también puedes aqui. de lo contrario tienes que hacer la prueba de la selectividad.
Estos enlaces, son de las universidades que encontre con la información que necesitas para las pruebas de selectividad en tu provincia, tú veras cual es la que te interesa.
https://www.ulpgc.es/index.php?pagina=accesoulpgc&ver=pau_ies
http://www.ull.es/portal/viewcategory.aspx?code=144
en el caso de no tener que hacer la selectividad, en esas mismas páginas en la sección de matriculas encontraras la información.
cualquier consulta, preguntame.
un saludo