|
Hola:
Si el vehículo es un vehículo de carga (furgoneta, semifurgoneta,...) se puede imputar al 100% al negocio.
En el caso de que se trate de un turismo, y por tu nick que me imagino que es éste, la imputación nunca será del 100% salvo algunas excepciones que en vuestra situación NO se dan.
NOTA: Todoterrenos de todo tipo son turismos.
En el caso de los turismos se podrá imputar al negocio el 50% del coste del vehículo, y lo mismo ocurre con los impuestos (IVA, matriculación y otros).
Los gastos de gasolina no serán imputables, así como tampoco las mejoras,... Sí las reparaciones pero con el límite del 50% (mantenimiento no son reparaciones, y en este aspecto tendría cuidado de no incluír revisiones, cambios de neumáticos y aceite,...)
Un saludo. Espero haber resuelto vuestra duda y no olvides puntuar.
|