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Inspeccion de trabajo

Experto:
Usuario:
Fecha: 24/11/2009
Valoración: (3,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
24/11/2009
mercetribo, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Buenas tardes,
Quisiera saber si la inspeccion de trabajo puede sancionar sin tener pruebas. Es decir, yo vivo con mi marido que me tuvo contratada tres meses. Quince días despues de finalizar el contrato, vino una inspeccion a casa que es donde tiene mi marido la oficina en una habitacion de 15 m2. Me encontraron a mi en el despacho, y dijeron que estaba trabajando, lo cual no era verdad, ya que estaba navegando por internet, y ademas no tenemos tareas pendientes, ya que mi marido tiene la oficina desde hace meses y apenas tiene clientes.
La inspeccion fue porque yo me apunte a la prestacion por desempleo despues de que mi marido me diera por finalizado el contrato. Tenia derecho a prestacion ya que anteriormente habia trabajado en otra empresa.
Mi duda es que pruebas tienen ellos para decir que yo estaba trabajando, si no era cierto? Si mi marido en el despacho no tiene facturacion, ya que el trabaja además como constructor, que no ven que en la oficina que es una asesoria no tiene casi clientes, y por lo tanto me tuvo que dar por finalizado el contrato? Ellos creen que me dió por finalizado el contrato para ponerme al paro, lo cual no es verdad, lo que pasa que no habia trabajo.
Digame a ver que pueden demostrar la inspeccion.
24/11/2009
mercetribo, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
La Inspección de trabajo puede iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción.La previa instrucción del oportuno expediente es obligatoria para la imposición de la sanción.El organo competente para la instrucción del proceso sancionador es la unidad administrativa provincial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, para lo cual debe designar un inspector DISTINTO del que levantó el acta.
Las actas de infracción de deben notificar en el plazo de 10 días habiles.Al notificarse al sujeto responsable el acta, se le debe advertir de que dispone de un plazo de 15 días para formular escrito de alegaciones y presentar la PRUEBA que considere pertinente.
24/11/2009
mercetribo, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Bien. Una respuesta aceptable.
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