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Buenas tardes, la ley establece que si el acuerdo se toma por 3/5 partes de los propietarios que a su vez supongan 3/5 partes de las cuotas de comunidad, es obligatoria la instalacion del ascensor y el pago por todos los propietarios en proporcion a sus cuotas.
Como esto suele ser conflictivo ya que un ascensor es caro, y teniendo en cuenta que los pisos altos se revalorizarán mas, en ocasiones poniendose de acuerdo los vecinos se suele hacer que se pague un poco mas por los vecinos de mas arriba, cosa que si se lo comentan a los del segundo seguro que estan de acuerdo y dependiendo de los vecinos que sean puede que no alcancen la mayoría requerida por la ley si los del segundo se oponen.
Tb se suele hacer que los del primero no tengan ascensor y la puerta del primero se deje cerrada a cambio de que no paguen nada, sin embargo si en un futuro pretenden usarlo tendrán que pagar lo que les hubiese costado actualizado.
En todo caso los gastos de mantenimiento los tendrán que pagar entre todos aunque decidan que los del primero no lo usen.
Si no llegan a ningun acuerdo la comunidad les podrá demandar judicialmente y ganarán seguro ya que los tribunales dicen que es obligatorio poner el ascensor si se alcanza la mayoría de 3/5 o si lo solicita una persona mayor de 70.
Esto salvo que no se puede realizar la obra por falta de espacio, o se necesite usar un elemento privativo para meter el ascensor, cosa que ya es otro tema.
Negocien en los terminos que les he dicho, si no no les quedará mas remedio que pagar.
Saludos.
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