Buenos días,
En la finca donde vivo se acordó la instalación del ascensor hace 5 años, y estamos discutiendo presupuestos. Debe ir instalado en el hueco de la escalera. En la finca viven varios ancianos, pero por ahora ninguno ha manifestado que le sea imprescindible.
En la planta baja hay un local (antigua vivienda de la portería) de menos de 30m2 y que no cumple las condiciones para obtener la cédula de habitabilidad (parece que hace años la tenía). La puerta del local está justo al lado de donde debe ir el ascensor, y hay una pequeña ventana (aprox. 40x40cm) que quedaría tapada.
Recientemente una pareja ha adquirido este local (posiblemente a modo de vivienda), y se niegan a que el ascensor tape esta ventana. Además, esgrimen también que el ascensor les dejaría un acceso de sólo 80cm de ancho para acceder a su puerta. Cuando compraron el local sabían que se había acordado la instalación de un ascensor, pero no las condiciones (no existe aún el proyecto específico).
La pregunta es si estos inconvenientes pueden bloquear la instalación del ascensor, o si el beneficio de la comunidad prevalece sobre este interés particular.
Muchas gracias.
Joan