Regímenes hidráulicos

Según la bibliografía que he consultado, un canal debe dimensionarse para que el agua vaya en régimen lento pero no he visto nada de un barranco.
A la hora de dimensionar un barranco que circula por un casco urbano ¿es conveniente que se dimensione para que vaya en régimen rápido?, su pendiente actual es de 0,0348 m/m y funciona en régimen rápido para el caudal de cualquiera de los períodos de retorno considerados (de 500 a 2,33 años), ¿si bien es cierto que las velocidades para el período de retorno de 2,33 años toman un valor admisible de 3 m/s pero para el período de T=10 años son de unos 4 m/s, lo que ya si que produce erosión en el hormigón y para el de T=100 años son de 6 m/s. Pienso que el hecho de que ocasionalmente ( se supone que cada 100 años) haya velocidades de 6 m/s es? ¿Soportable? Por el hormigón.
Para que fuera en régimen lento debería bajar la pendiente hasta 0,0067 m/m con lo que ello conlleva en términos de movimiento de tierras.
¿Debería dimensionar para régimen lento?

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Pienso que tienes dos opciones. La primera como tu dices es disminuir la pendiente y efectuar el consiguiente movimiento de tierras. La segunda es disponer de algún elemento que controle la energía del agua (tipo escalón, etc.) De esta forma y colocándolos cada cierto tiempo puedes intentar conseguir alcanzar régimen lento en todo el tramo urbano, ya que aunque al pasar el control pasaría a régimen rápido, el control de aguas abajo impondría de nuevo el régimen lento. El truco es disponerlos para no crear resaltos hidráulicos, y si se crea alguno que no sean demasiado grandes ya que te puedes encontrar calados importantes
Muchas gracias, voy a probar a introducir escalones de 0,5 m.
Por otro lado he leído en un libro (Obras Hidráulicas IV.-CONDUCCIONES de Eugenio Vallarino)¿? Los aliviaderos, por el contrario, se dimensionan para régimen rápido, pues así conseguimos la mínima sección, que es cara en esas obras. Y en cuanto a la erosión, ésta tiene poca importancia, pues si bien es cierto que a velocidad sobrepasa mucho los 3 m/s, como actúa esporádicamente y en períodods cortos (horas o días), no da margen al deterioro. Y si ocurre, es fácil de reparar entre dos vertidos, lo que no pasa en un canal para explotación normal.?.
Creo que el barranco se puede considerar como una obra de aliviadero y que tampoco obro muy mal si las velocidades son altas para T=500 y T=100. ¿Tú qué opinas?
Yo creo que en cierto modo tienes razón, aunque en este caso aunque el régimen se de ocasionalmente el tramo en el que puede causar desperfectos puede ser mayor que el caso de un aliviadero. Además al final de los aliviaderos siempre se disponen disipadores de energía de manera que el régimen rápido solo se supero en los tramos imprescindibles. Además mi opinión es que periodo de retorno 10 años es muy poco y si para 10 ya superas... Al final como siempre, es la solución de compromiso y elegir cual es el riesgo que quieres asumir. En cuanto a los escalones deberías realizar (si no lo has hecho ya) alguna simulación con algún programa de manera que compruebes el como funciona el canal, para evitar sorpresas.

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