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HOLA EXPERTO MI PREGUNTA ES

Experto:
Usuario: Anónimo Fecha: 08/08/2009
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Herencias
08/08/2009
Usuario
mi madre fallecio hace 18 años y dejo el testamento a favor de mi padre y la mitat de la vivienda a mi hermana que creia que no se casaria nunca,lo cierto es que se caso y se hizo cargo de mi padre.Mi padre le dejo la otra mitat de la vivienda en vida por estar cuidandolo ,pero ella quiso mas le hizo cambiar el testamento,dejandole la mitat de otras 2 propiedades sin consultarnos a los 4 hermanos,pero al requerirnos el notario para adjudicarse el testamento mi padre, si no firmamos todos no se puede abrir a si que el abogado nos ha dicho que no lo abramos hasta que falte mi padre.Mi pregunta es ¿cuando falte mi padre a  ella que le correspondera ,si no firmamos todos los 5 hermanos podra recoger la herencia ,y la legitima ?gracias experto por todo.
08/08/2009
lluna67, experto respondiendo en Herencias
Experto
Buenas tardes:
Su pregunta es bastante liosa. Aporta datos que a mi entender son imposibles. Su madre al fallecer, no puede dejar en testamento (como dice) el 50% a su marido y el otro 50% a una hija). Si el testamento dice ese reparto solamente, (cosa que dudo bastante), se puede impugnar perfectamente. Asi que le voy a contar las cosas como son, en plan general. Luego si tiene una duda concreta, me la hace.
Otra cosa es lo de que el testamento no se pueda abrir. No se a lo que llama abrir un testamento. Imagino que será leerlo y conocer el contenido. Y eso de que si no firmamos todos no se puede abrir............ en fin que no se entiende eso. Nada de nada.
Veamos:
Una persona, cuando fallece, puede ocurrir:
1- No deja testamento. En ese caso, todo lo suyo es a dividir a partes iguales entre los hijos. Al conyuge solo se corresponde el usufructo de un tercio de su herencia.
2- Si deja testamento:
La herencia se divide en tres partes. Tres tercios.
Dos de esos tercios son la legítima y la Ley la reserva para los llamados "herederos forzosos".  En este caso son los hijos.
1- El primer tercio (uno de los dos de la legítima), se llama "legítima estricta", y es a dividir entre los hijos a partes iguales.
Por eso le decía que es imposible que su madre deje la mitad a su padre y la otra mitad a  una hija.
2- El segundo tercio (el segundo de la legítima), se llama "tercio de mejora". Que la Ley también dice que ha de ser para los hijos, pero se llama de mejora, porque no es a dividir como el anterior. Este tercio es para "mejorar", lo que a un hijo le corresponde.
El testador, puede dejarlo para todos los hijos, solo a uno, dejarselo a dos, o repartirlo en los tantos por ciento que estime oportuno. Pero solo entre los hijos.
Desde luego, puede dejar a un hijo o a dos....etc, sin parte de este tercio.
El tercer tercio es el llamado "de libre disposición". Que como su nombre indica, lo puede dejar a quien quiera. A su conyuge, a un hijo, a todos, al vecino del quinto, a una ONG, a un amigo............... a quien quiera.
Osea, que esto se aplica a su madre y también a su padre.
Por supuesto que si hay varias propiedades, hay dos posibilidades:
1- que todas entren en gananciales. Que sean la mitad de cada uno de los conyuges. Entonces, hay dos herencias, en las que se adjudicarán, el 50% de su padre en una y el 50% de su madre en otra.
2- Que haya bienes privativos de algún miembro del matrimonio. De su padre o de su madre.
Entonces, su padre dispondria del 100% de ese bien. Y lo mismo con respecto a su madre.
Ahora su última pregunta: Cuando su padre falte, a ella le corresponderá lo que le dejen en testamentos. Según todo lo anteriormente dicho.
Si no firman todos los herederos, es para nada. Ella puede aceptar las herencias que le correspondan individualmente, y con la escritura notarial, va al registro de la propiedad y el registro inscribirá que ella es propietaria del tanto por ciento que le corresponda y ponga en las escrituras.
Y ustedes si no aceptan la herencia, pues no son dueños de nada.
Porque las herencias son un derecho. No una obligación.
Osea, que pueden aceptarlas pero también rechazarlas. Y tanto una cosa como la otra, ha de hacerse ante notario.
Por eso le digo, que mientras no acepten no son dueños de nada. Y si ella acepta la suyo en solitario, pues será dueña de lo suyo.
Pero actuar de esa manera es un poco tonto. Les causará muchos problemas en el futuro.
Lo más aconsejable es ir todos juntos, firmar el cuaderno particional que es la escrituta de aceptación y reparto de la herencia y se ahorrarán muchos gastos y problemas.
¿Un consejo?. Pues que salga lo que salga en los testamentos, lo acepten. ¿que le van a hacer? Eso no puede cambiarlo nadie. Para eso se hacen los testamentos.
Y luego, lo mejor, es que se reunan todos (por mucho que cueste), con buena cara y ganas de llegar a un entendimiento (por mucho que les duela la barriga), ver lo que quieren hacer con lo heredado, como repartirlo a gusto de todos, o vender lo que sea y cada cual coger su parte.
Si no hay un entendimiento, les quedan por delante muchos años (en serio, muchos años), de preocupaciones, problemas..... juicios......... abogados... y unos milloncitos de gastos a cada uno. (Y si digo unos milloncitos, no exagero. Unos milloncitos). (de pesetas, claro).
Pues nada, si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Gracias y un saludo.
08/08/2009
Usuario
Excelente. Una fantástica solución.
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