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Buenas tardes
Las empresas no tienen obligacion de pagar la hora de la comida, ni en barclona, ni en ninguna otra provincia, o convenio colectivo.
Solo en algunos casos, se paga, lo que se conoce como tiempo para el bocadillo, y si la jornada laboral s continuada, no partida, y siempre qu el tiempo para el bocadillo, no supere, los 20 minutos.
Lo relacionado con las horas extras, no tiene nada que ver con la comida, o el tiempo de la misma, tampoco para que la empresa pague, o este obligada a pargar el tiempo que se para a comer, al mediodia.
Lo que la ley reconoce, es que el tiempo que se dedica para comer, no es tiempo de trabajo real, por lo tanto al no tener esa consideracion de tiempo real de trabajo, no se paga.
Espero haberte ayudado, un saludo.
Cuando termines la consulta, puntuala y finaliza, gracias.
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