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si es una cosa común que suele haber en la actividad, puedes crear una 705,1 por otra parte, si es una cosa extraordinaria si llevalo a ing. extraordinario.
si tu jefe está obligado a emitir IVA pues sí, y siempre y cuando para él suponga un honorario, y no un gasto, es decir, que el no haga simplemente de intermediario, por ejemplo el despacho ha pagado un gasto que es del cliente, y luego ustedes se lo cobran al cliente pero por ello no tienen bfo.
saludos,
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