Deberes y derechos en paredes medianeras?

-He comprado una casa antigua en un pueblo (para derribar), en la que los vecinos de al lado no tienen pared y al tener hecha una carga por un tiempo superior a 20 años, la pared que linda con ellos se ha convertido en medianera. ¿Esto es así? ¿Existen excepciones? Hemos derribado la casa para construir la nueva, y nos hemos visto obligados a dejar esta pared. El problema es que está construido en piedra y adobe y es de casi un metro de espesor, a parte, el estado de esta pared es ruinoso y está vencido hacia nuestro terreno, con lo que perderíamos un metro y medio a la hora de construir. Nuestra idea es construir la pared a medias con el vecino, pero este no accede. ¿En qué medida está obligado a hacerlo basándonos en el pésimo estado de la pared? Si yo decido no construir y la pared acaba cayéndose porque no accede a construir una nueva, ¿Qué parte de responsabilidad es mía? El estar la pared vencida hacia mi terreno, ¿Puede haberlo ocasionado la carga de su casa, y por lo tanto ser en parte, responsable del estado de la pared?

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A la primera pregunta, es así. La pared es medianera. En cuanto a propiedades te corresponde la mitad a ti y la mitad al vecino, con lo que podrías llegar a quitar tu mitad (si no se resiente la estructura) y recuperar ese espacio sin necesidad de autorización por parte del vecino.

Si consideras que el estado es tan malo como comentas, lo correcto es lo que propones: hacer una pared nueva a medias. En su caso tendría que estar pagada por ambos, puesto que es de ambos.

Si el vecino no quiere y realmente crees que la pared amenaza ruina, lo mejor es que encargues un informe pericial a un técnico. Tienes que adjuntar copia de este informe y una carta con acuse de recibo a tu vecino, en la que expliques el estado de la pared y que, de no aceptar él la reparación a medias, asume toda responsabilidad si la ruina de la pared provoca algún desperfecto en tu propiedad.

En cuanto a si es culpa de él, no se puede decir. Aunque esté vencida hacia tu parte no tiene relación con el origen de la patología.

Si, con todo, quieres que el vecino asuma y pague una pared nueva, la solución es acudir al juzgado con el informe pericial que te comentaba y que sea el juez el que obligue a la reparación al vecino de forma solidaria contigo.

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Tengo una duda mas, el informe pericial, ¿Lo hace un aparejador? ¿Donde debo dirigirme con esto? supongo que al ayuntamiento del municipio...

He leído sobre los Muros Condenables, ¿Es el aparejador del propio Ayto el que determina si un muro es condenable?

Si finalmente no accede, y decido denunciar, ¿Cómo de largo sería el proceso hasta la resolución? (se que es muy relativo y difícil saber el tiempo, pero te hago la pregunta por si tienes idea de otros casos...)

Muchas Gracias!

Lo puede hacer un aparejador. Para contratar un técnico puedes acudir a los Colegios profesionales correspondientes.

Es el ayuntamiento quien a requerimiento de la propiedad y posiblemente con un informe técnico independiente, decide si el muro puede considerarse condenable por su estado de ruina.

Los procesos son muy variables, sobre todo en función del juzgado y las partes. Yo me he encontrado con procesos relativamente rápidos (6 meses) y otros que se alargan un par de años. En cualquier caso el proceso puede alargarse si se van presentando los recursos a los que se tiene derecho.

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