Ascensor hasta la terraza

A ver si me puedes aclarar algo, por favor.

Tengo una casa unifamiliar de dos plantas y una terraza arriba que hace las veces de tejado. Quiero poner un ascensor que iría por dentro de la casa(comiéndole un trocito a una habitación) y que llegara hasta la terraza de arriba. Mi pregunta es la siguiente. Puesto que tiene que desembocar el ascensor en la terraza, ¿hay qué construir un cubículo (?) Para que desemboque el ascensor. ¿Eso se puede hacer? ¿Computa en el total de espacio edificable? Es que creo que esta agotada ya la edificabilidad de la parcela y no se, si eso, que es simplemente para que desemboque el ascensor se puede permitir. Si no se permite, ¿qué otras opciones pudiera haber?

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La posibilidad de poner ese ascensor hasta la terraza dependerá de la normativa urbanística de su ayuntamiento.

Técnicamente podría poner un ascensor que llegase directamente a la terraza y abriese allí, sin necesidad de cuarto de máquinas ni espacio adicional (aunque puede ser interesante poner un vestíbulo delante)

En cuanto a la normativa, además de verificar que al ocupar el espacio interior necesario la vivienda no pasa a incumplir la normativa de habitabilidad, por ejemplo; su arquitecto deberá examinar las condiciones de cómputo de edificabilidad (en ocasiones se eximen los huecos de ascensor o lo situado sobre la línea de alero, pero podría entrar en el cómputo), las condiciones de altura (análogamente en algunos lugares se permiten volúmenes para ascensores y en otros lugares tienen que quedar bajo el plano de cubierta), el plano de cubierta autorizable (por si pudiese existir cubierta sobre esa terraza y hay que poner el volumen de ascensor bajo el perfil de cubierta admitido, etc.)

Si no se pudiese instalar hasta la terraza, por algún problema legal, tendría que desembarcar en la última planta interior (hay ascensores que no necesitan sobrerrecorrido y para viviendas unifamiliares no suele haber problemas de autorización)

El arquitecto que debería redactarle el proyecto de la reforma para la instalación del ascensor le podrá informar detalladamente de los aspectos comentados.

Una aclaración: Dice usted :Técnicamente podría poner un ascensor que llegase directamente a la terraza y abriese allí, sin necesidad de cuarto de máquinas ni espacio adicional (aunque puede ser interesante poner un vestíbulo delante). Al llegar a la terraza, tendrá que ponerse algo que recoja a la cabina cuando suba no? Un espacio como mínimo igual al volumen de la cabina, porque si no, al bajar la cabina quedaría un agujero en el suelo? No se si consigo explicarne bien...Es decir siempre tendrá que quedar algún volumen por encima de la terraza, algo donde entre la cabina al subir, porque no va a subir y salir directamente al aire. Y ese volumen mínimo es mi duda de si se permite. Gracias de nuevo

Por supuesto, me refería a que no necesitaría obligatoriamente vestíbulo, sobrerrecorrido o cuarto de máquinas; porque hay soluciones técnicas que lo pueden evitar, pero el hueco tiene que quedar cerrado, con sus holguras, guías, mecanismos, etc.

Sobre si se permite o no, como le comentaba anteriormente dependerá de las condiciones particulares de su vivienda y la normativa aplicable.

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En principio no debería haber grandes complicaciones en cuanto a la superficie del que llamas cubículo ya que se podría compensar con la superficie a descontar que ocuparía el hueco del ascensor.

El problema más grave suele venir de la altura mínima que se pide para la última parada del ascensor, que puede sobrepasar la altura máxima permitida con cierta facilidad.

En cualquiera de los casos en los que la normativa no permita la construcción del ascensor en cubierta (bien por superficie, bien por altura), no hay otra salida que no hacerlo. Se deja el ascensor en la última planta y se recurre a una escalera para subir hasta la terraza. Además, en caso contrario (que sí se pueda construir) en el ayuntamiento te requerirán para que solicites licencia de obras mayores presentando un proyecto firmado por un arquitecto, por lo que te aconsejaría que esa fuera tu primera opción: buscar un técnico que además de ser el que te haría el proyecto, te asesoraría sobre los temas legales.

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Vamos por partes.

Si en el edificio vive alguna persona con algún tipo de impedimento físico que haga necesario la instalación del ascensor, en todos los ayuntamientos de España autorizan este tipo de reformas, haya la normativa que haya.

Ahora bien, si el ascensor es un lujo, debería consultarlo con el arquitecto municipal que le asesorará mejor que yo, que desconozco la normativa de su ayuntamiento.

Otra cosa que puede hacer es contratar a un arquitecto que le redacte el proyecto y él se encargará de todos los trámites que sean precisos y de informarle adecuadamente.

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