Licencia de primera ocupación

Hola, hace 4 meses pedí en el ayuntamiento la licencia de primera ocupación acompañada del certificado final de obra, y previo pago de tasa como es norma, esto para un cambio de uso de comercial a vivienda, por la ley que existe en galicia, si el ayuntamiento en el plazo de 2 meses no responde, se considera positiva por silencio, eso si, siempre que no sea contraria a planeamiento y se ajuste al proyecto, en este caso a decir verdad hay algún "detalle" que no se ajusta al proyecto, no estoy tranquilo y quería saber si se podrá obtener por prescripción y cuanto tiempo es necesario que pase y si para entonces ya no se tendría en cuenta que la obra en parte no se ajusta al proyecto. Muchas gracias por su labor altruista.

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Lo mejor en su caso es que se dirija al ayuntamiento y les haga saber que le corre prisa la licencia de primera ocupación, para intentar que lo revisen rápido. Mostrando interés es posible que se acelere el proceso.
Si así no se acelera el proceso, lo mejor es que solicite una "Confirmación de silencio positivo" (un abogado le puede ayudar a redactar la solicitud); en ese caso el ayuntamiento tiene que pronunciarse (en 15 días) confirmando el silencio. En la realidad para lo que sirve es para acelerar el trámite de inspección, aunque es un mecanismo que no suele gustar en los ayuntamientos (pone en evidencia que no actuaron a tiempo) es efectivo.
Si no le conceden la licencia, el obtenerla por silencio tiene algunos problemas en tanto que siempre se está en una cierta inseguridad por la falta del documento y la certificación de que cumpla la legislación. Es fácil aplicarlo a obras de poca entidad, pero en trabajos más complejos suele dar algún problema.
Ya, pero pasado el tiempo, ¿podría obtener la licencia por prescripción o no? ¿Y cuánto tiempo tendría que pasar? En el caso de ser posible, ¿ya no se tendrían en cuenta las irregularidades? Yo llevo viviendo en dicho local 6 años.
Los plazos empezarán a contar desde la presentación del final de obra en el Concello. El silencio administrativo positivo (en el caso general, que hay excepciones) será a los tres meses, pero no avala irregularidades.
Si hay irregularidades puede, en el mejor de los casos, quedar como fuera de ordenación, lo que es malo.
Es mejor que obtenga la Licencia de Primera Ocupación, según le comentaba anteriormente.

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