Segundo baño

Hola.
Estaría interesado, dentro de unas reformas que quiero hacer en mi domicilio, en saber si puedo crear un segundo baño de 3 piezas (inodoro, pica y ducha) en una estancia independiente, la cual comunica directamente (a través de una puerta) con el comedor.
He leído normativa referente a la cédula de habitabilidad y esto queda prohibido en el decreto 259/2003 según art. 2.5.6.2, sin embargo, en el actual decreto 55/2009 (que sustituye y por tanto entiendo que anula al anterior) no encuentro mención a éste punto y entiendo que por tanto ya no está prohibido.
¿Podrías aclarármelo?

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Una forma sencilla de aclarar esta normativa es que entre el salón comedor y cualquier aseo/baño deben existir al menos 2 puertas.
Si no se cumple una solución sería colocar otra puerta an alguna parte del comedor o parte del pasillo.
¿Entiendo entonces que la norma sigue vigente? (Puesto que no la localizo en el decreto vigente)
Si, así es, sigue vigente.

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