Llaves de corte en cuartos húmedos

¿Es obligatorio en un piso nuevo entregado en 2006 que tenga llaves de corte en cada cuarto húmedo? Es que solo tengo una llave general .

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A priori te respondería que sí, depende de la comunidad autónoma en que residas, casi todas tienen unas normas para el abastecimiento de agua de consumo humano en edificios, en las que se suele recoger este aspecto. Posiblemente tu ayuntamiento también tenga alguna norma particular al respecto. Simplemente deberás pasarte por allí y hacer una consulta, supongo que te sacarán de dudas.
Con la entrada en vigor del CTE (a nivel nacional) si es obligatorio, pero entró en vigor después de la entrega de tu vivienda por lo que no le esd e aplicación.
Es muy extraño que no tengan estas llaves, ya que es práctica habitual colocarlas.
También podrías consultar en el ayto el expediente de tu vivienda, ver el proyecto y consultar si en el mismo venía contemplado este aspecto (memoria instalación fontanería, planos y mediciones), si viniera deberán instalarlo o si fuese obligatorio en las normas antes citadas.
Osea, ¿qué el cte entró en vigor más tarde?
En efecto el proyecto del ayto. Difiere en diversos aspecto de la construcción real incluso hay alguna ventana de algún vecino que se ha agregado o eliminado, p ej.
En el Ayto. Dijeron que las modificaciones que no son de una importancia relevante para la construcción no necesitan ser indicadas en ese proyecto .
¿Es Así?
Gracias
Después de contestarte me acordé que el CTE (el cual no es de aplicación en tu caso por entrar en vigor después de la entrega de tu vivienda) derogaba la anterior norma en vigor (a nivel nacional) que era la Norma Básica de instalaciones interiores de agua, pero en esta normativa después de consultarla no era obligatorio la colocación de dichas llaves de corte en cada cuarto húmedo, aunque muy posiblemente en la normativa que contemplase el proyecto como referencia para redactarlo figurase la NTE (norma de diseño, pero no de obligado cumplimiento) y en esta si se contempla las llaves de corte a la entrada de cada local húmedo.
Ya sólo te queda que existiese alguna norma autonómica o local.
Esa interpretación es muy relativa, ya que en los planos de final de obra se debe recoger el estado real de las obras (no se va a entrar en detalle de si un enchufe está más a la derecha o más a la izquierda, pero p.e. una ventana o un cambio importante si se debe reflejar).
Lo ideal sería que consultases los planos de ejecución originales y en base a ellos reclamar (si viniese recogido la llave de cada local húmedo).

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