Escritura de casa en terreno

Hola expert@s, de antemano les doi las gracias, y a continuación les describo la situación por si pueden ayudarme. MIs padres tienen comprado un terreno (parcela con frutales) con fecha de compra-venta en el año 1991. Al parecer ese lugar no era terreno urbanístico, pero ahí cada uno construía su vivienda a la espera de que le llegara la sanción del ayuntamiento, pagarla y solucionado. En el año 2000 se comenzó a construir la casita, y la policía local se pasó por allí tomando algunas medidas, etc.
        Al parecer hubo denuncia paralizando la obra, pero no comunicaron si existía sanción económica. La obra continuó para delante. En 2001 les llegó a mis padres un "Expediente Declaración de alteración física y económica de bienes inmuebles"(no sé lo que significa). En ese mismo año (2001) les enviaron el primer recibo de contribución IBI el cual ya empezaron a ir pagando hasta la fecha de hoy. La mayoría de todas esas viviendas que se construyeron de aquella manera tienen ya sus escrituras la de mis padres está aún en proceso porque según la asesoría "lleva su tiempo".
      Ahora bien, querría saber cómo se debe dar todo este proceso para que se pueda escriturar, y si conlleva tanto tiempo (¿prescriben denuncias? ¿Sanciones?).
      Mis padres tienen todos los documentos que le han ido pidiendo en la asesoría pero quiero saber de buena mano, la de ustedes, cómo debe darse este proceso y si están acumulando los papeles para nada. Muchas gracias, un saludo.
      .

1 respuesta

Respuesta
1
Las infracciones caducan, por supuesto, el pazo de prescripción comenzaría en el momento en que recibieron el expediente en el 2001, en estos plazos opera el silencio de la administración, es decir, cuanto menos nos diga al Ayuntamiento y más plazo pase mejor. Se podrá escriturar cuando todas las posibles infracciones hayan caducado, en este caso por inactividad de la administración, esos plazos varían sergún la regulación autonómica. Y entre otros papeles tenéis que reunir los que justifiquen el transcurso de los plazos legales, por supuesto en estos casos las notarías y el registro van con pies de plomo.
Es posible que para la escrituración necesitéis un certificado de arquitecto respecto a la descripción de la edificación, sus superficies y las condiciones de habitabilidad.
El proceso es posible y lleva tiempo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas