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beneficio industrial en obra

Experto:
Usuario:
Fecha: 21/10/2009
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Arquitectura
20/10/2009
x_chiqui_x, usuario preguntando en Arquitectura
Usuario
hola buenas tardes , hemos comprado una casa de pueblo la cual hay que rehabilitar un poco para poder vivir , no hay que tocar cimientos ni estrucctura solo son obras de acondicionamiento , mi duda es la siguiente , en el presupuesto del albañil  como datos finales me pone un 6% de beneficio industrial y 13% de gastos generales ¿ estos dos gastos son normales , es necesario pagarlos ? o puedo negociarlos con el albañil? hasta ahora en las reformas de mi vivienda habitual jamas me lo han cobrado.
muchas gracias , un saludo
20/10/2009
x_chiqui_x, experto respondiendo en Arquitectura
Experto
Sí, son normales.
Vienen a significar lo que gana él por hacer la obra, ya que los precios que te ha presupuesto con anterioridad deben ser precios de coste para él.
Lo habitual en constructores pequeños es que el precio de cada partida sea de ejecución y que por tanto ya lleve incorporado ese porcentaje de beneficio. En tu caso te ha presentado un presupuesto de coste, con un porcentaje posterior.
Además las cifras del 6 y 13% son estándar.
En cualquier caso, si piensas que te está cobrando mucho, es tan fácil como pedir otros presupuestos.
21/10/2009
x_chiqui_x, usuario preguntando en Arquitectura
Usuario
Muchas gracias de antemano , me pareceria justa su ganancia si en el resto de presupuesto viera que son costes , pero esque no es asi , el resto de presupuesto o partidas tanto de demolicion como de obra estan cobradas .por ejemplo  tiene que demoler un tabille y me cobra esa demolicion con su retirada de escombros y en otra partida como hay que levantar el muro unos metros mas alla , me cobra la ejecucion de ese muro .por eso entiendo que en este caso esos dos porcentajes estan de mas . mi pregunta es si puedo negociar con el o a ley estoy obligada a pagarlos .
21/10/2009
x_chiqui_x, experto respondiendo en Arquitectura
Experto
No hay nada que estés obligada en cuanto a la ley. Él te ha hecho una oferta, que incluye esos porcentajes y si quieres la aceptas y sino no. No tienes obligación de aceptar el presupuesto pero él tampoco tiene obligación de modificarlo.
En cuanto a lo otro que comentas. El hecho de que estén todas las partidas (derribo de muro, retirada de escombros, construcción de muro... etc) no tiene relación con el precio. El precio de coste directo se refiere a que, por ejemplo, si tiene valorado el derribo en 100 e por metro (es un precio hipotético), esos 100 euros es lo que le cuesta materialmente derribarlo, sin ganarse la vida él mismo ni pagar ni siquiera los gastos de mantenimiento de la empresa.
Entonces se realiza un presupuesto con lo que cuesta exactamente las obras. Lo que él paga al albañil que tira el muro, lo que le cuestan los ladrillos, el mortero... Después se valora que este prespuesto se puede incrementar en un 6%, que es el beneficio industrial, la cantidad que él gana por hacer la obra (ten en cuenta que en los 100 e del derribo del muro no había ganancia alguna, tal como lo paga el propietario, el constructor se lo paga a sus empleados y a los suministradores). El 13% de gastos se considera que cubre gastos de empresa, que incluyen impuestos (no sobre beneficios sino de empresa), gastos por amortización de secretaria, elementos informáticos de la empresa, el propio local... etc.
21/10/2009
x_chiqui_x, usuario preguntando en Arquitectura
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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