Defectos de construcción en vivienda tras 6 años

Unos amigos han comprado un chalet en un pueblo a un
particular, este chalet no ha estado habitado, lo estrenan ellos, se
construyó hace 6 años.
Mis amigos han pedido el 'libro del edificio' pero dice la
constructora que eso no lo guarda tanto tiempo, y el antiguo
propietario no le tiene.
Mayor problema es que al ir a poner ADSL se han dado cuenta
que no pasa el cable de teléfono, parece haber una obstrucción fuera de
la casa. Esto, que sería un defecto claro y que habría que subsanar en
su momento, ahora, no está tan claro de quien es la competencia, y la
constructora no quiere saber nada.
¿Qué dice la legislación al respecto y donde la puedo encontrar para leerla?
Muchas gracias!

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"El constructor, durante el primer año, ha de responder por los daños materiales derivados de una deficiente ejecución. Todos los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, durante tres años, responderán por los daños materiales en el edificio causados por vicios o defectos que afecten a la habitabilidad y durante diez años, por los que resulten de vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural del edificio.
Las acciones para exigir responsabilidades prescriben en el plazo de dos años, al igual que las de repetición contra los agentes presuntamente responsables."
La normativa para que mires: AGENTES DE LA EDIFICACIÓN. Responsabilidades y Garantías:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l38-1999.html#a11
Siento mucho que no te pueda ayudar más, pero tendrán que arreglarlo ellos mismos. Si tienes alguna pregunta más, no dudes en hacerla.

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