Plaza Garaje ¿Ilegal? PGOU Fuenlabrada

Pues mi pregunta va en relación a un problema que tenemos con la plaza de garaje de un piso que compramos el año pasado en régimen de cooperativa.
Las dimensiones de mi plaza son:
Largo: 442cm
Ancho: 215 cm durante 252cm del largo de la plaza y 200 cm durante 190 cm del largo de la plaza.
Según el PGOU de Fuenlabrada, las dimensiones mínimas deben de ser:
450x220 cm.
Sin embargo, se indica en el articulo 8.8.26 del PGOU que se puede reducir el ancho de la plaza en un 10% como máximo, en el 20% del total de longitud de la plaza como mucho. Lo que yo entiendo de aquí, es que la plaza se puede reducir hasta que mida 198 cm en como mucho 90 cm del largo de la plaza. Nuestra plaza mide 200 cm de ancho en 190 cm del largo de la plaza, por lo que la considero ilegal.
Sin embargo, tanto el gestor de la cooperativa y su arquitecto, como el técnico municipal del ayuntamiento, me dicen que la plaza cumple normativa.
Dada la situación, entiendo que sólo me queda denunciar, a la cooperativa y al ayuntamiento, pero me gustaría que me comentarais qué opináis.

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Lo primero de todo, creo recordar que Fuenlabrada revisó su planeamiento recientemente, por lo que tu edificio, al haber sido comprado el año pasado tiene muchas papeletas de haber obtenido la licencia de obras al amparo del planeamiento anterior.
Por otro lado, hay que distinguir claramente entre el espacio delimitado por la pintura en el suelo y el efectivamente disponible, ya que la reducción de espacio a la que hace alusión el P.G, y que está tomado de determinaciones de la Comunidad de Madrid, se refiere a que esas reducciones del ancho serán las producidas por pilares y otros elementos fijos.
Por tanto, atendiendo a estas dos puntualizaciones, es posible que tu plaza realmente cumpla las dimensiones mínimas de la normativa, si bien la delimitación (la pintura) no lo plasme físicamente. Para que te sirve de orientación, te diré que una línea que divide dos plazas se computa al 50% para cada plaza, mientras que si delimita plaza y carril de circulación, se computa al 100% para la plaza.
Si con esto aclaras tus dudas, genial. Si te surgen más, estaré encantado de responderlas.
Hola,
Primero gracias por emplear tu tiempo en contestarme.
Quería comentarte, que todas esas reducciones que te pongo de la plaza en su ancho, son producidas por pilares. Tenemos en total 5 pilares en los laterales de la plaza. Dos a un lado y tres a otro, provocando la reducción de las dimensiones, tal y como te comentaba en el primer mensaje.
Saludos,
Sergio.
Desde el momento en el que el PG de Fuenlabrada exige un mínimo de 4.50 m de largo por 2.20 m de ancho, si tu plaza mide solamente 4.42 m por 2.15 en sus mayores dimensiones, la plaza no cumple con la normativa. Por tanto, o bien el Gestor, el Arquitecto, y el Técnico municipal mienten, o hay algo que falla.
No obstante, te comento que yo mismo he trabajado 3 años en temas de cooperativas y sé que las inspecciones tanto del técnico municipal para conceder la licencia de obra nueva y de primera ocupación, como especialmente de la Comunidad de Madrid para conceder la Calificación Definitiva, son realmente duras, y suelen fijarse con especial rigor en el cumplimento de la normativa en garajes. Por tanto, tiendo a creer que hay alguna circunstancia que valida las dimensiones de la plaza, si bien es solamente una suposición:
a) La plaza cumple con la normativa en cuanto a dimensiones, pero simplemente está mal delimitada. En este caso lo adecuado es medir el espacio a lo ancho realmente disponible, para ver si cumple con las dimensiones citadas. En caso de duda, la nota simple puede ayudar, puesto que suele dar una descripción muy precisa de las características de la plaza.
b) El antiguo P.G es más permisivo, o dicho de otra manera, exige unas dimensiones mínimas menores.
Si ninguna de las dos opciones es factible, yo directamente preguntaría al gestor, al arquitecto, y al arquitecto municipal bajo qué condiciones cumple la normativa esa plaza, ya que según todos los indicios, así como según las medidas efectuadas no existe tal cumplimiento. Si no te dan una explicación adecuada, la última opción es denunciar a la Cooperativa y al Técnico Municipal. A la primera por venderte un bien que no se ajusta a normativa y al segundo por dar carta de legalidad a un elemento fuera de norma.
El caso es complicado, porque es probable que exista el incumplimiento y, unos por error (la cooperativa y el arquitecto) y otros por no haberlo detectado (el técnico municipal) prefieran no entrar a remover el asunto.
Espero haberte ayudado y que resuelvas tus dudas. Si sigues teniendo dificultades al respecto, estamos para ayudar.
Ok, Muchas gracias.
Imagino que nos tocará denunciar, con el tiempo y dinero que eso conlleva, pero bueno, no queda otra porque yo estoy prácticamente convencido que la plaza no es legal.
Por cierto, ¿sabéis por cuanto dinero puede salir un juicio de este tipo? Gastos de abogado, procurador, etc... ¿y cuánto tiempo se puede dilatar?
Y otra más, ¿conocéis algún abogado especializado en estos temas?
Saludos,
Espero que puedas confirmar, si la plaza es legal o no, y que si no lo es, todo salga bien y puedan resarcirte por el perjuicio sufrido.
Lo cierto es que en esos temas (costes, abogados) no tengo ni idea, pero creo recordar que para casos de incumplimientos de la administración puedes solicitar un abogado de oficio (gratis). El resto de gastos (procurador, etc) ignoro si se incluyen o no.
Es mi primera pregunta, así que no estoy muy seguro de cómo funciona el portal, pero creo que, si consideras que el ciclo pregunta/respuesta se ha agotado, debes finalizarla y valorarla.

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