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Hola, en principio a la hora de pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, no debe ocurrir nada, ya que te cobrarán sobre lo que declares en tu autoliquidación. No obstante la administración se reserva el derecho a revisar los valores declarados, posteriormente y una vez revisados estos puede que te hagan una declaración complementaria, indicando que los valores son otros según sus cálculos, y que debes pagar la diferencia, siempre y cuando no crean que se trata de un perjuicio intencionado, para no pagar parte de ese impuesto a la administración, en cuyo caso podrían imponer sanciones, y demás.
En cuanto a quedarse con la casa por tener tan escaso precio de compra-venta, no pueden quedarse con ella, salvo que se trate de una vivienda sobre la cual la administración tenga un derecho de RETRACTO y TANTEO, en caso de ser así si pueden ejercer dicho derecho y por el precio declarado quedarse con la citada vivienda.
Espero haberte ayudado.
Salud y fuerza
No te olvides de puntuar, gracias.
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