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Hola,
Vivo en un bloque de pisos, donde en los bajos hay un local con un negocio. El local tiene su puerta particular de entrada, y no tiene que acceder por la escalera de la comunidad.
Quedria saber si tiene que pagar la cuota total o que tanto por ciento de la cuota que fija anualmente la comunidad de propietarios tiene que pagar este local.
Y concretamente si está fijado en un artículo de la "ley de propiedad horizontal", o cualquier otra ley que le pueda afectar.
Muchas Gracias
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